El martes 9 de junio, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) aprobó, en votación dividida, los formatos para presentar las declaraciones patrimonial y de conflicto de interés de inicio, modificación y conclusión de los servidores públicos de los tres niveles de gobierno.

La ruta hasta este momento ha sido sinuosa por la complejidad del cambio. La pretensión del gobierno y la sociedad ha sido mejorar la calidad de la información que se registra en estas declaraciones para hacer más efectivo el combate a la corrupción y que el principio de máxima publicidad, con respeto a los derechos de la vida privada y los datos personales de los servidores públicos, impere.

El primer gran cambio es la ampliación de la obligación de presentar las declaraciones a TODOS los servidores públicos, lo que conlleva a que el universo de obligados a declarar creciera en 10 veces su número. Un reto político y administrativo debido a que hoy los maestros, médicos, enfermeras, soldados, policías, sin importar el nivel jerárquico, están obligados a declarar. También los que están contratados por honorarios con quienes no hay, necesariamente, una relación laboral.

Independientemente del compromiso de los gobiernos, DOS han sido responsables de este proceso junto con el SNA, el asunto requiere de suma atención por los efectos en la política de transparencia del Estado y los derechos de los servidores públicos. El incumplimiento de la presentación de la declaración patrimonial oportunamente es falta grave y posible causa de separación del cargo e inhabilitación. Más del 90 por ciento de las responsabilidades administrativas son determinadas por el incumplimiento de esta obligación.

La incorporación ha sido paulatina. Hoy están obligados quienes ya presentaban las declaraciones y quienes han ingresado o reingresado a la Administración Pública Federal a partir de julio de 2018. Esto explica que los sancionados administrativamente hayan aumentado en el primer semestre de este gobierno porque los operativos omiten cumplir con esta obligación por la confusión que se ha generado.

De ahí que era urgente la aprobación de los formatos de declaraciones para que sea efectiva la reforma del 2017 y se aplique a TODOS los servidores públicos, pero esto no es suficiente, ya que debe liberarse el sistema nacional que incluya a los tres niveles de gobierno, que garantice la interoperabilidad, y difundirse correctamente entre los trabajadores para que estos conozcan a cabalidad la forma en que deberán cumplir con esta importante obligación. Estas acciones son importantes y se tiene un plazo menor a seis meses para concluirlas.

Afortunadamente, la Secretaria Ejecutiva del SNA ha sido proactiva en el tema (actualmente hay un avance de más del 80% en la implantación del sistema) y ha promovido los acuerdos entre los integrantes del Comité Coordinador.

Sin embargo, las diferencias son significativas. Si bien los formatos han mejorado sustancialmente en la forma y en el fondo desde los primeros borradores y las autorizaciones anteriores, todavía hay algunas cuestiones técnicas –revisión de algunos campos de información- y el equilibrio entre el principio de publicidad y datos personal de los servidores públicos.

Los formatos y normas aprobados, por segunda ocasión, son un buen avance. El voto en contra de tres de los miembros del Comité Coordinador obedece a la pretensión de los Presidentes del Comité Coordinador y del INAI de que sean más los rubros abiertos al escrutinio público y de la Secretaria de la Función Pública, la Dra. Sandoval, de poner en la misma bolsa a los jueces y magistrados, quienes deben rendir declaración de intereses, pero tienen un proceso disciplinario diferente por razón a su función y la independencia judicial, que es importante respetar en este momento en que hay ataques del Ejecutivo al Poder Judicial de la Federación (El Universal, 10-07-19).

Hago votos porque haya acuerdos en favor de la transparencia y la privacidad de los derechos de los servidores públicos. Los formatos desagregan información, ayudan a la claridad de la misma, y si para algunos ésta mayor claridad es endurecimiento, entonces, si hay un endurecimiento en los formatos aprobados.

P.D. Sólo Peña Nieto y su esposa pensaban que el servidor público no estaba obligado a declarar los bienes e ingresos del cónyuge. Esa obligación existe desde 1982.

Miembro del Sistema Nacional de Investigadores Nivel I
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