Se acerca el y varios trabajadores se preguntan ¿cuándo se realizará el pago? Dicho estímulo económico se considera un derecho constitucional y también se encuentra enmarcado por la (LFT).

El estímulo es aplicable para los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas, cuyas utilidades netas hayan superado los $300 mil pesos o más en el último año fiscal.

Por el contrario, no es redituable para trabajadores domésticos, directores, administradores, gerentes, profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin tener una relación de trabajo subordinada con un patrón o empresa formal.

No recibir el reparto de utilidades es sancionado por la ley. Foto: Pixabay
No recibir el reparto de utilidades es sancionado por la ley. Foto: Pixabay

Leer también

¿En qué fecha comenzará el reparto de utilidades 2023?

Según estipula la LFT, la fecha en que comenzará el reparto de utilidades será entre el 1 de abril y el 30 de mayo para empresas. Mientras que del 1 de mayo al 29 de junio será para personas físicas.

Conforme a la ley, el pago que deberán recibir los trabajadores oscila al 10% de las utilidades recibidas por la empresa y según lo determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en la Utilidades de las Empresas.

[Publicidad]

¿De cuánto es la multa por no pagar las utilidades?

Al tratarse de un derecho constitucional, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) invita a las empresas y patrones a cumplir con el reparto de utilidades en tiempo y forma.

De lo contrario, quienes se nieguen a realizar el pago a los trabajadores que les corresponde serán acreedores a una multa que puede ir desde los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, según señala la LFT.

El reparto de utilidades debe cumplirse en tiempo y forma. Foto: Especial
El reparto de utilidades debe cumplirse en tiempo y forma. Foto: Especial

Leer también

[Publicidad]

¿Qué hacer si no entregan el reparto de utilidades en una empresa?

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social pone a disposición diferentes alternativas para recibir asesoría sobre el reparto de utilidades.

En la Profedet, los interesados pueden obtener orientación gratuita a través del teléfono 555-998-2000, en las extensiones 44740 y 44741.

También es posible enviar un correo electrónico a la dirección orientacionprofedet@stps.gob.mx, o bien de manera personal en cualquiera de sus oficinas.

[Publicidad]

para recibir directo en tu correo nuestras newsletters sobre noticias del día, opinión y muchas opciones más.

foh / sal

TEMAS RELACIONADOS

Google News

[Publicidad]