La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México () confirma la aprehensión de Gabriela “N”, la mujer de 43 años acusada de embestir y arrastrar a un motociclista desde Periférico Oriente hasta Constitución de 1917.

Según los reportes oficiales, la detención se produce en territorio oaxaqueño gracias a un operativo de inteligencia coordinado por la Policía de Investigación (PDI). A diferencia de las primeras versiones que sugerían un incidente de tránsito accidental, las autoridades la acusan formalmente de homicidio calificado.

De acuerdo con el Código Penal de la Ciudad de México, el uso de un vehículo y la crueldad de arrastrar a la víctima son factores determinantes para esta reclasificación, lo que elimina la posibilidad de llevar el proceso en libertad.

Motociclista muere tras ser arrollado más de un kilómetro en Iztapalapa (05/01/2026). Foto: Francisco Rodríguez / EL UNIVERSAL
Motociclista muere tras ser arrollado más de un kilómetro en Iztapalapa (05/01/2026). Foto: Francisco Rodríguez / EL UNIVERSAL

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Tipificación del delito y el impacto de la fuga en la pena

La acusación de homicidio calificado cambia drásticamente el panorama para la imputada. Según lo dispuesto en el Artículo 128 del código sustantivo penal local, a quien cometa homicidio calificado se le impondrá una pena de 20 a 50 años de prisión. Esta calificación se aplica cuando el delito se comete con ventaja, alevosía o saña.

En este caso, el Ministerio Público argumenta que el hecho de arrastrar a Roberto Hernández por varios kilómetros, teniendo pleno conocimiento de que el cuerpo se encontraba debajo del automóvil, constituye una conducta con dolo directo y crueldad extrema.

De acuerdo con especialistas de la International Association of Prosecutors (IAP), cuando un conductor no detiene su marcha a pesar de la evidencia del impacto y la presencia de la víctima bajo el chasis, la negligencia se transforma en una intención criminal.

Por otro lado, la base de datos jurídica especializada Iberley señala que la fuga de la escena y el abandono del vehículo (un Honda City azul) en el municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, refuerzan la teoría de la fiscalía sobre la responsabilidad penal plena, alejando el caso de la figura de "homicidio culposo" (cuya pena es de apenas 3 a 8 años).

Motociclista arrollado y arrastrado por más de un kilómetro y medio en Iztapalapa (04/01/2025). Foto: Captura de pantalla
Motociclista arrollado y arrastrado por más de un kilómetro y medio en Iztapalapa (04/01/2025). Foto: Captura de pantalla

Reparación integral y el camino hacia la sentencia ejemplar

Conforme a lo establecido en el Artículo 20, Apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en armonía con la Ley General de Víctimas, el proceso judicial debe garantizar de manera obligatoria la reparación integral del daño a los familiares de Roberto Hernández.

Este derecho comprende no solo una indemnización económica, sino también medidas de restitución y garantías de no repetición tras el fallecimiento del trabajador de 52 años, cuyo caso generó una profunda indignación social por la crudeza de las imágenes captadas por las cámaras del C5.

Actualmente, Gabriela “N” es trasladada al Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla para ser puesta a disposición del juez de control que libró la orden de aprehensión.

Según los estándares de la Office on Drugs and Crime de las Naciones Unidas (UNODC), el sistema de justicia debe asegurar que la evidencia técnica sea presentada con rigor científico durante la etapa de vinculación a proceso.

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