En el renovado debate sobre el uso de teléfonos celulares en las instituciones educativas, aparece la tentación recurrente: dar respuesta a una situación compleja con una solución inmediata.

Una política educativa rigurosa, antes de establecer restricciones, debe comenzar por delimitar con precisión el problema que busca resolver. El teléfono celular no es el problema en sí mismo; lo es, en todo caso, el uso que se hace de él y sus efectos en un determinado contexto. Puede generar distracción, dependencia o afectar la atención, definitivamente. Pero también puede ampliar el acceso al conocimiento, facilitar el aprendizaje y formar parte de las herramientas con las que los estudiantes enfrentarán su vida profesional. Por ello, más que decidir si el celular debe permitirse o prohibirse, una política responsable debe determinar cuándo su uso perjudica el aprendizaje, cuándo puede favorecerlo y qué regulación corresponde en cada caso.

La regulación debe corresponder al nivel de desarrollo y, progresivamente, desplazarse del control externo hacia la formación de criterio.

Es necesario precisar que no existe “el estudiante” como una categoría homogénea. Un niño de ocho años, un adolescente de quince y un universitario de veintidós se encuentran en circunstancias distintas. Piaget señala que el razonamiento evoluciona con el desarrollo y Vygotsky destaca que el aprendizaje se construye mediante la interacción, la guía y el contexto. Por ello, las medidas no deben ser iguales en todas las etapas.

Un niño puede necesitar límites externos mientras desarrolla su capacidad de autorregulación; un universitario, en cambio, debe aprender a gestionar su conducta en un mundo donde nadie le retirará el teléfono antes de una decisión profesional. Si la educación prepara para la vida, debemos reconocer el riesgo que representa administrar conductas en lugar de formar criterio.

En el caso de niñas, niños y adolescentes, el principio del interés superior exige al Estado una protección reforzada, pero también reconoce que su capacidad para ejercer derechos aumenta de manera progresiva conforme avanzan su desarrollo y madurez. El Estado debe proteger sin sustituir innecesariamente la capacidad de decidir que la propia educación busca desarrollar.

Antes de pretender dar una propuesta de solución, habría que responder preguntas elementales: ¿qué edades presentan mayor afectación?, ¿qué impacto tiene su uso en la atención, el rendimiento y la convivencia?, ¿qué ocurre cuando se restringe?, ¿mejora efectivamente el aprendizaje o simplemente se desplaza el problema fuera del aula? Sin estas respuestas, una política pública corre el inevitable riesgo de sonar mejor de lo que funciona.

Quizá la pregunta correcta no sea “¿prohibimos o permitimos?”, sino: ¿qué riesgo queremos disminuir?, ¿qué evidencia demuestra sus efectos? y ¿qué intervención resulta proporcional y efectiva para enfrentarlo?

El debate abierto por la presidenta Claudia Sheinbaum y retomado por el titular de la SEP, Mario Delgado, debe ser, por tanto, mucho más amplio que la regulación de un dispositivo electrónico en el espacio educativo. Reducir un fenómeno complejo a una solución inmediata puede resultar adecuado en términos administrativos. Sin embargo, pone en riesgo uno de los elementos sustantivos de cualquier proceso educativo: limitar u orientar la conducta, sin transformar el criterio que la orienta.