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Por unanimidad fue avalado en el Senado dar seguridad social obligatoria a los trabajadores del hogar, sin importar el género.

El dictamen, que contó con el respaldo de todas las fuerzas políticas y que fue enviado a la Cámara de Diputados para su análisis y aprobación, prohíbe el trabajo del hogar a menores de 15 años; los mayores de esta edad sólo podrán laborar seis horas diarias, es decir, 36 a la semana, deberán tener como mínimo educación secundaria y también se harán acreedores a las prestaciones planteadas.

Las personas trabajadoras del hogar contarán con las siguientes prestaciones: vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso obligatorio a la seguridad social, aguinaldo y cualquier otra prestación que se pudieren pactar entre las partes.

El artículo 12 de la Ley de Seguridad Social quedó de la siguiente manera: “Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: los socios de sociedades cooperativas; las personas que determine el Ejecutivo federal a través del decreto respectivo, bajo los términos y condiciones que señalan esta ley y los reglamentos correspondientes, y las personas trabajadoras del hogar”.

Mientras tanto, las reformas a la Ley Federal del Trabajo indican que los trabajadores del hogar que residan en el domicilio donde laboran deberán disfrutar de un descanso mínimo diario nocturno de nueve horas consecutivas.

Asimismo, tendrán un descanso mínimo diario de tres horas entre las actividades matutinas y vespertinas, sin que la jornada diaria diurna pueda excederse de las ocho horas diarias establecidas en la ley.

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