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Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó las acciones de inconstitucionalidad presentadas por Morena y el Partido del Trabajo contra la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para evaluar la pérdida del “modo honesto de vivir” de aquellos funcionarios que violen reiteradamente la ley electoral y, por tanto, impedir que compitan por cargos de elección popular.
La acción de inconstitucionalidad promovida por el dirigente de Morena, Mario Delgado, señala que el TEPJF carece de facultades para fijar criterios sobre la elegibilidad de una persona a un cargo público, requisitos que sólo se pueden establecer en una ley o norma general.
Sin embargo, la SCJN rechazó las acciones horas después al considerar lo siguiente: “Se desechan de plano, por notoriamente improcedentes, las acciones de inconstitucionalidad promovidas por Mario Martín Delgado Carrillo, quien se ostenta como persona titular de la presidencia del Comité Ejecutivo Nacional de Morena y por los integrantes de la Comisión Coordinadora Nacional del Partido del Trabajo”.
Por tanto, advirtió que los magistrados electorales invaden facultades de otro poder, pues “constituyen per se un acto materialmente legislativo”.
Lo anterior, derivado de la sentencia de la Sala Superior del TEPJF en la que confirmó que 15 gobernadores y la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, cometieron 98 ilícitos por promocionar la revocación de mandato en periodo prohibido por la ley.
Además, el tribunal aceptó extender los criterios que se han utilizado en casos de violencia política de género para la pérdida del modo honesto de vivir cuando se cometan actos reiterados de violación a la Constitución en materia electoral y, por tanto, el impedimento de ser elegidos para ocupar cargos públicos.
Es decir, que en denuncias posteriores se podrá evaluar si los funcionarios pueden ser acreedores a esta sanción, lo que les impediría competir en un proceso electoral por un periodo determinado.
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