Más Información

Sheinbaum se reúne con familiares de víctimas tras descarrilamiento del Tren Interoceánico; recorre hospitales en Oaxaca

Hasta 400 mil pesos recibirán familiares de fallecidos en el Tren Interoceánico; deberán presentar boleto para cobrar seguro

Descarrilamiento del Interoceánico, en datos; cronología y el saldo de víctimas del "proyecto más atractivo del mundo" según AMLO
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las medidas cautelares contra tres diputados de Morena, al considerar que no cometieron ningún ilícito al participar en mítines de Morena que pudieran constituir actos anticipados de campaña.
En una sesión privada, los magistrados revocaron el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE por el que se les ordenaba abstenerse de asistir y organizar eventos proselitistas en el país que pudieran constituir actos anticipados de campaña en el proceso electoral 2023-2024 para la Presidencia de la República, así como del 2022-2023 del estado de Coahuila.
Los servidores que quedan exentos de esta medida son los diputados Sergio Gutiérrez Luna, Mario Llergo y Andrea Chávez, que impugnaron la medida.
En tanto, sigue vigente la tutela preventiva contra Citlalli Hernández, secretaria general de Morena y senadora con licencia; Marina del Pilar Ávila, gobernadora de Baja California; Alfredo Ramírez Bedolla, gobernador de Michoacán; Carlos Manuel Merino, gobernador de Tabasco; María Lezama, gobernadora electa de Quintana Roo y Américo Villarreal, gobernador electo de Tamaulipas.
Lee también: Tribunal ordena a Layda Sansores evitar emitir comentarios contra diputadas del PRI
Sobre las medidas de tutela preventiva, el TEPJF consideró que “de un análisis preliminar, no se advierte una conducta ilícita que justifique su adopción”.
Al respecto, indicó que la tutela preventiva es una protección contra el peligro de que una conducta ilícita continúe o se repita, por lo que para su adopción se requiere una probabilidad alta, real y objetiva de que tales conductas se lleven a cabo.
Por ello, expuso que “no hay elementos para considerar que las conductas denunciadas fueron ilícitas, pues los servidores públicos en cuestión: no tuvieron una participación activa en el evento denunciado; acudieron en día inhábil y en el caso de los parlamentarios, no se ausentaron de sus labores”.
La resolución tuvo los votos en contra del magistrado Indalfer Infante Gonzales y del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón.
Lee también: Revocan suspensión de "Alito" Moreno que evitaba difusión de audios de Layda Sansores
para recibir directo en tu correo nuestras newsletters sobre noticias del día, opinión, opciones para el fin de semana, Qatar 2022 y muchas opciones más.
rmlgv
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]









