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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló contra compañías de telefonía móvil, debido a lo cual deben comprobar la identidad de las usuarias y los usuarios a la hora de hacer algún trámite.
Con nueve votos a favor, el pleno determinó que un cambio de tarjeta de Módulo de Identidad del Suscriptor (SIM, en inglés), proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, consiste en una acción ilegal, la cual vulnera la confidencialidad de las comunicaciones, y contribuye a accesos indebidos a cuentas bancarias, fraudes, exhibición de datos personales, entre otros.
Ante el resolución del juicio de amparo directo, interpuesto por la usuaria afectada y AT&T, la SCJN ordenó que las empresas telefónicas ejecutar protocolos para reemplazar una tarjeta SIM, tales como identificación en persona, cotejo de información, preguntas de seguridad, etcétera.
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Usuaria contra AT&T
De acuerdo con el caso, atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y expuesto por Ortiz Ahlf, una mujer en la Ciudad de México contrató un servicio de telefonía móvil, cuyo número de teléfono vinculó a diferentes aplicaciones, redes sociales y servicios.
Después dejó de contar con dicha prestación, pero comenzó a recibir notificaciones acerca de cambios de contraseñas e intentos de operaciones bancarias. Además, diferentes contactos recibieron contenido íntimo.
Al acudir a un centro de atención a clientes, le informaron que se había pedido la sustitución de la tarjeta SIM en Chihuahua. Esta usuaria demandó a la compañía por no verificar su identidad, lo que permitió que se accediera a sus datos personales y difundiera imágenes íntimas; AT&T negó su responsabilidad e indicó que:
- Fue decisión de la mujer el vincular su número telefónico a distintas apps
- El contenido íntimo fue tomado por ella
- No reaccionó de forma oportuna ante las alertas de seguridad
- No bloqueó a tiempo el acceso a sus cuentas
- El solicitante del reemplazo de la tarjeta SIM enseñó un documento oficial válido
Antes de que la SCJN atrajera el caso, la jueza concluyó que "no existían elementos suficientes para acreditar negligencia por parte de la empresa, ni que el reemplazo de la SIM fuera la causa directa de los accesos no autorizados a las cuentas de la usuaria".
Los integrantes del pleno reconocieron daño moral por violencia digital, pidió la reparación integral del daño y solicitó juzgar con perspectiva de género, "sin estereotipos ni revictimización".
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dft/bmc
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