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La Suprema Corte de Justicia de la Nación prevé declarar que la reasignación sexo-genérica en las actas de nacimiento, sólo puedan realizarse previa autorización de un juez civil.
En la sesión del próximo miércoles, la ministra Norma Lucía Piña Hernández propondrá a la Primera Sala de la Corte que la vía para la expedición de actas de nacimiento por reasignación sexo-genérica sea jurisdiccional.
Es decir, quien busque homologar su acta de nacimiento a su identidad sexo-genérica deberá tramitar un juicio civil para que sea un juez de este fuero quien ordene al Registro Civil de la entidad que se trate, materializar el cambio.
El criterio prevé resolver un amparo promovido en Veracruz en el que se tildó de inconstitucional el Código Civil de la entidad porque no prevé un juicio especial para la rectificación de actas por reasignación sexo-genérica y, por tanto, se debía declarar que el Registro Civil era la autoridad para hacerlo.
La ministra analizó el Código y concluyó que, si bien no existe un juicio específico como en el caso de la Ciudad de México, la ley sí prevé que cualquier modificación de actas de nacimiento deberá tramitarse primero ante un juez civil quien emitirá la orden al Registro Civil.
“Esta Primera Sala no soslaya el argumento en el sentido de que en la legislación civil para la Ciudad de México se prevé un juicio especial de levantamiento de acta por reasignación para la concordancia sexo-genérica, el cual, conforme a esa legislación, deberá substanciarse ante el juez de lo familiar; sin embargo, esa circunstancia no puede concluir que la legislación civil de Veracruz contravenga los principios de igualdad y no discriminación tutelados en la Constitución; menos aún se puede considerar que no se prevé un procedimiento accesible e idóneo para que la comunidad transexual pueda obtener la adecuación sexo-genérica de su acta de nacimiento”, indicó Piña Hernández.
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