Las mujeres y sus hijos que han sido víctimas de violencia familiar, pueden demandar a su agresor el pago de una indemnización para reparar el daño moral ocasionado.

Mediante un fallo emitido en la sesión de la Primera Sala, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que las afectaciones patrimoniales y morales sufridas por las víctimas de violencia familiar deben ser reparadas económicamente de forma justa y proporcional al daño sufrido.

Mediante la revisión de un amparo, la Sala indicó que la violencia familiar es un hecho “ ilícito generador de responsabilidad civil ” que daña la esfera física, emocional o psíquica de algún miembro de la familia que también transgrede su derecho a vivir en un entorno libre de violencia.

“Cuando se demande la reparación del daño patrimonial o moral que ha resentido una víctima de violencia familiar, deberán mostrarse los elementos de la responsabilidad civi l: la existencia de un hecho ilícito y el daño, además de mediar un nexo causal entre ambos”, indicaron los ministros.

El criterio fue aprobado a propuesta del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea quien enfatizó en que una de las manifestaciones de violencia contra la mujer se encuentra en el seno familiar y que estas conductas constituyen una forma de discriminación y una violación a los derechos humanos .

En otro caso, también resuelto con un proyecto del ministro Zaldívar , los integrantes de la Primera Sala consideraron que las mujeres que fueron víctimas de violencia doméstica y que enfrentan cargos penales por agredir a sus victimarios, deben ser juzgadas con perspectiva de género.

En el amparo en revisión 6181/2016 , la quejosa argumentó durante su proceso penal que había sido víctima de violencia doméstica, razón por la que mató a su cónyuge, pero que ninguna autoridad tomó en consideración sus argumentos.

La Sala ordenó reponer el procedimiento para que se aplique el protocolo para juzgar con perspectiva de género y que se considere la desventaja en que vivía la mujer al momento en que ocurrieron los hechos y se visualice la problemática para garantizarle el derecho de acceso a la justicia.

agv

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