Más Información

Tren Interoceánico: Anticorrupción revela que ya hay investigaciones por descarrilamiento; revisará que no haya omisiones

Imputan a 8 personas y a representante legal de Waldo's por incendio donde murieron 24 personas; hay dos evadidos de la justicia

Abogado asegura que rector de la Universidad de Campeche fue detenido "sin sustento"; si no sale libre, vamos por amparo, dice
El Pleno de la Suprema Corte de justicia de la Nación, invalidó diversas disposiciones del Código Civil de la Ciudad de México, que prohíben a las personas con discapacidad visual, auditiva o de lenguaje realizar su testamento a través de medios electrónicos.
El proyecto presentado por la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, destacó que conforme al artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en todos los procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, las autoridades deben colaborar estrechamente con éstas.
Ello, mediante consultas previas, públicas, abiertas, regulares, accesibles, estrechas y con participación preferentemente directa.
Ante ello, se determinó declarar la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, en tanto que las personas con discapacidad visual, auditiva o de lenguaje no fueron consultadas previamente a su emisión, no obstante que afectan directamente sus derechos al excluirlas de la posibilidad de otorgar su testamento a través de medios electrónicos.
Cabe señalar, que que en México existen más de 6 millones de personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa 4.9% de la población total del país.
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]









