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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el cobro del 2% que el Gobierno de la Ciudad de México impuso a las plataformas o aplicaciones digitales de entrega o recepción de paquetes, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía, al determinar que el Congreso local no tiene facultades para legislar sobre comercio electrónico ni imponer este tipo de contribuciones.
Por tres votos contra uno, la Segunda Sala de la Corte amparó a una empresa que ofrece servicios de entrega por aplicación contra el impuesto establecido cuando la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, era jefa de gobierno de la Ciudad de México.
Un juzgado le concedió el amparo a la empresa, pero el Gobierno de la CDMX impugnó la decisión y argumentó que se trataba de un “aprovechamiento” por el uso de calles y vialidades.
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Por ello, el caso llegó a la Segunda Sala de la Suprema Corte, que validó la sentencia del juez de amparo y concluyó que el cobro sí es un impuesto.
La decisión protege el principio de legalidad y evita que los gobiernos locales impongan cobros fuera de lo que les permite la Constitución.
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mahc/apr
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