Este miércoles se publicó en el (DOF) el decreto que reforma la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, con el fin de incluir los principios de “racionalidad” y “oportunidad” en el uso de la fuerza pública y elimina el término “fuerza epiletal”.

Se establece que la finalidad del uso de la fuerza también es salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación, preservación o restablecimiento del orden público, la seguridad y la paz pública.

Se señala que debe haber proporcionalidad, para que el nivel de fuerza utilizado sea acorde con el nivel de resistencia ofrecido por el agresor y el nivel de riesgo exhibido, de tal forma que los agentes apliquen medios y métodos bajo un criterio de uso diferenciado y progresivo de la fuerza.

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El decreto subraya que la racionalidad es la decisión en la que se valora el objetivo que se persigue, las circunstancias de la agresión, las características personales y las capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante de las fuerzas de seguridad; lo que implica que, dada la existencia del acto o intención hostil, es necesario la aplicación del uso de la fuerza.

Además, se establece que cuando se requiera hacer uso de la fuerza se debe evitar todo tipo de actuación innecesaria cuando exista evidente peligro o riesgo de la vida de las personas ajenas a los hechos. “Esto significa que debe procurarse en el momento y en el lugar en que se reduzcan al máximo los daños y afectaciones tanto a la vida como a la integridad de las personas involucradas y sus bienes y en general, la afectación de los derechos de las personas”.

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