Con el objetivo de mantener su funcionamiento con la mayor normalidad posible, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió un acuerdo por el que se establecen las reglas básicas para el desarrollo de las sesiones plenarias presenciales y, en su caso, a distancia a partir de este jueves, cuando comenzará a sesionar en receso legislativo.

Ante la emergencia sanitaria por Covid-19, se continuará con la implementación de acciones que permitan salvaguardar la salud y seguridad de todas las personas que realizan actividades en el Congreso de la Unión, a fin de evitar el riesgo de contagio.

Los legisladores deberán utilizar los mecanismos tecnológicos a su alcance para cumplir con sus responsabilidades, obligaciones constitucionales y legales, observando en todo momento las medidas que otorguen seguridad y certeza jurídica a sus actuaciones, sin violar las normas jurídicas vigentes que regulan aspectos relativos a las asistencias, votaciones y, en general, la adopción de sus resoluciones.

Las sesiones presenciales se celebrarán, preferentemente, los miércoles de cada de semana. “La Presidencia de la Mesa Directiva, previo acuerdo con los representantes de los grupos parlamentarios, podrá convocar a sesiones en días diferentes a los señalados”, indica el documento.

Las plenarias iniciarán a las 11:00 horas y durarán hasta cuatro horas, pero este horario podrá ser ampliado para el desahogo de algún asunto en particular, con autorización del pleno y a propuesta de la Presidencia de la Comisión Permanente.

En cada sesión presencial se presentará una iniciativa y una proposición por cada Grupo Parlamentario, en orden descendente, salvo el de Morena, que podrá presentar una al principio y otra al final del apartado.

Se destinará hasta una hora y 15 minutos de cada sesión para discutir temas de la agenda política. Los temas que se registren deberán ser lo suficientemente claros y específicos, y su orden de presentación será acordado por la Mesa Directiva.

Para la discusión de un dictamen podrán hacer uso de la palabra hasta tres oradores en contra y tres en pro, por cinco minutos cada uno, previo acuerdo del pleno; asimismo, podrán desahogarse de manera conjunta.

De acuerdo con el documento, sólo se permitirá el acceso al Salón de Sesiones al personal autorizado por la Mesa Directiva de la Comisión Permanente y que esté debidamente acreditado por la Secretaría General de Servicios Administrativos del Senado de la República.

En ningún momento de la sesión podrá haber más de 50 personas en el pleno. En caso contrario, la Presidencia hará los avisos correspondientes.

Para celebrar sesiones a distancia, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente publicará en la Gaceta el citatorio dirigido a sus integrantes, en el que se señale el día, hora y la plataforma digital de comunicación remota por la cual se llevará a cabo la asamblea.

Los integrantes de la Comisión Permanente tendrán asignada una cuenta institucional para acceder a la plataforma digital de comunicación que facilite y garantice, a través de audio y video en tiempo real, la constatación de su presencia.

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