La nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación () resolvió que es válido videograbar entrevistas psicológicas a niñas y niños en casos de guarda y custodia, para evitar así la repetición de entrevistas “potencialmente dolorosas” que puedan ser revictimizantes.

El proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, aprobado por unanimidad, establece que el material grabado debe adoptar medidas estrictas y suficientes para la protección de los derechos de las infancias y adolescencias.

“La videograbación realizada no constituye una injerencia desproporcionada; se considera que la medida busca fines legítimos para evitar la repetición de entrevistas, y es necesaria para documentar elementos esenciales del proceso psicológico infantil”, explicó la ministra en sesión del Pleno de este jueves.

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Ortiz Ahlf indicó que no se ha demostrado que exista un medio menos intrusivo con igual eficacia protectora.

Al presentar el proyecto, destacó que el asunto derivó de un juicio familiar, en el cual la autoridad jurisdiccional ordenó videograbar entrevistas periciales practicadas a dos niños con el fin de evitar su revictimización, documentar adecuadamente la prueba y permitir su revisión posterior.

Mencionó que el padre promovió amparo al considerar que la videograbación vulneraba la intimidad, la inviolabilidad del cuerpo y mente y el debido proceso de los niños. El juez de distrito negó el amparo y el Tribunal Colegiado reservó la competencia a la Suprema Corte.

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La ministra Loretta Ortiz Ahlf en sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación este jueves 29 de enero de 2026. Foto: Especial
La ministra Loretta Ortiz Ahlf en sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación este jueves 29 de enero de 2026. Foto: Especial

Tras la sesión del Pleno, el Alto Tribunal sostuvo en un comunicado que la resolución posibilita la revisión posterior del material probatorio, sin necesidad de nuevos interrogatorios.

Lo anterior, dijo, permitirá que las personas juzgadoras cuenten con mejores elementos de análisis para tomar decisiones, particularmente en asuntos de esta naturaleza.

Sobre las videograbaciones, la SCJN determinó que deben resguardarse bajo estricta confidencialidad con acceso restringido bajo control judicial y realizarse en ambientes adecuados con personal especializado.

Según el , eso favorecerá el equilibrio entre la protección a la intimidad de menores de edad y garantizar su bienestar dentro de procedimientos judiciales, asegurando así el interés superior de la niñez.

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em/bmc

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