La Suprema Corte de Justicia de la Nación () desechó la última impugnación del Instituto Nacional Electoral () contra las facultades que la Cámara de Diputados otorgó a la titular del organismo Guadalupe Taddei Zavala, para nombrar a funcionarios sin consultar al Consejo General.

Una mayoría de seis ministros avaló el proyecto de la ministra María Estela Ríos González, que propuso dejar sin efecto la controversia constitucional del INE debido a que dicho recurso jurídico no es la vía para controvertir una ley de carácter electoral.

Al presentar su proyecto de resolución, Ríos González expuso que las modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), que permiten a Taddie designar a titulares de unidades técnicas y direcciones ejecutivas sin consultar al Consejo General, no vulneran la autonomía del Instituto Nacional Electoral (INE).

Lee también

“No se violenta la independencia y la porque no se le permite a ningún otro Poder inmiscuirse en la organización interna del INE, y sí creo que, como la finalidad tiene que ver con los procesos electorales, efectivamente, sí es improcedente y por tanto debe desecharse (la controversia constitucional)”, señaló.

No obstante, para la ministra Loretta Ortiz Ahlf los artículos impugnados son de materia electoral indirecta, pues regulan la organización interna del Instituto Nacional Electoral, los cuales sí pueden ser impugnados mediante una controversia constitucional.

Loretta Ortiz Ahlf, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante sesión del 19 de agosto de 2025 en el antiguo Pleno. Foto: SCJN/ Cuartoscuro
Loretta Ortiz Ahlf, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante sesión del 19 de agosto de 2025 en el antiguo Pleno. Foto: SCJN/ Cuartoscuro

“Aquí, el INE no impugna los decretos en su totalidad, sino solo un par de preceptos que no regulan el desarrollo de un proceso electoral, ni inciden directamente en el ejercicio del sufragio, sino que reconfiguran los aspectos relativos a la organización interna, al funcionamiento administrativo y a la distribución de competencias de los órganos del propio instituto. Sería, en todo caso, de una naturaleza indirectamente electoral, puesto que la esencia del planteamiento involucra una posible afectación a la autonomía e independencia del instituto del órgano actor”, refirió la ministra.

Lee también

En tanto, el ministro Giovanni Figueroa Mejía, coincidió con Ortiz Ahlf al señalar que lo que está “en juego en este asunto no es únicamente el contenido electoral de las disposiciones sometidas a control de constitucionalidad, sino un perjuicio directo a la autonomía constitucional y a la independencia del INE”.

Y añadió: “Las normas combatidas inciden, de manera inmediata, en la organización interna del INE, al modificar el régimen de nombramiento de los principales cargos y al redefinir las facultades de coordinación administrativa y operativas del propio instituto”.

Al respecto, la ministra María Estela Ríos respondió que “pretender que hay normas electorales indirectas y normas electorales directas, me parece que es estar cambiando el sentido de la Constitución y yo creo que no debe hacerse, por qué, porque nuestra Constitución es una norma escrita, no deja lugar a dudas de cuál es el campo de acción de cada instituto o de cada órgano autónomo. Yo difiero de la opinión del ministro, no creo que por esas disposiciones se esté afectando, ni la independencia, ni la autonomía del INE”.

¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.

em/bmc

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses

[Publicidad]