Nación

Aerolíneas deberán indemnizar a pasajeros por sobreventa de vuelos, declara la Corte

La resolución de la Corte señala que se deberá de de regresar cuando menos, el 25 por ciento del precio del boleto, con independencia a ofrecerles opciones que prevé la Ley de Aviación Civil

Se resolvió en la sesión del 12 de julio de 2023 que todos los pasajeros afectados por la denegación de abordaje por sobreventa, deberán ser indemnizados por la aerolínea correspondiente. Foto: Ramón Romero/EL UNIVERSAL
12/07/2023 |16:37
Shareni Pastrana
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunció por medio de un comunicado que ahora las tendrán la obligación de indemnizar a los pasajeros que se les niegue el abordaje a causa de la sobreventa de vuelos.

Lo declarado por el Máximo Tribunal del país implica la toma de medidas que implican el regreso de cuando menos el 25% del precio del boleto hacia las personas afectadas, tomando en cuenta varias opciones que contemplan: el reintegro completo del pasaje, el transporte en el primer vuelo disponible, cobertura de alimentos y hospedaje a cargo de la aerolínea, o bien la reprogramación de su vuelo en la fecha que convenga al pasajero.

Estas nuevas disposiciones corrieron a cargo de Primera Sala de la SCJN, donde se analizaron las disposiciones de laque regulan la responsabilidad de las aerolíneas comerciales, en relación con la pérdida de un vuelo de conexión ocasionado por la sobreventa del que vuelo que permitiría abordar el pasaje en una aerolínea distinta.

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Foto: Pixabay

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En su fallo, la Primera Sala advirtió que, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la ley citada, en vuelos de conexión, la responsabilidad de las aerolíneas se encuentra limitada a que esa conexión forme parte del contrato celebrado entre la misma aerolínea y el pasajero.

Al respecto, se deliberó en la Corte, que tal precepto es constitucional pues persigue una finalidad válida, que resulta acorde con el artículo 28 de la Constitución Federal, el cual consistente en la protección a los derechos de los consumidores de servicios de transporte aéreo.

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sp/rmlgv

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