Pese a su reticencia por entregar información del número de feminicidios ocurridos en la durante 2020 a marzo del 2021, la Fiscalía Especializada para la Investigación del Delito de Feminicidio capitalina terminó por proporcionar los datos exigidos por un ciudadano, lapso en el que ejerció acción penal en 42 casos.

Así lo estableció esta mañana el pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO), al informar sobre la entrega que hizo esa Fiscalía de los datos estadísticos de dicho delito, donde determinó su archivo temporal o el no ejercicio de la acción penal en ese periodo.

De acuerdo con el proyecto de resolución del recurso de revisión INFOCDMX-RR.IP.0639/2021, una persona solicitó a dicha Fiscalía, dependiente de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) capitalina, el en las que determinó su archivo temporal o el no ejercicio de la acción penal en el periodo ya citado.

Al exponer el caso ante el pleno, la comisionada Marina San Martín Rebolloso recordó que corresponde a la Fiscalía investigar la muerte de mujeres violentadas con perspectiva de género , solicitar medidas de protección para salvaguardar la protección de las víctimas, ejercer la acción penal ante tribunales o determinar el archivo temporal y el no ejercicio de la acción penal.

La funcionaria explicó que, en respuesta al solicitante, la Fiscalía proporcionó la información del periodo de 2021, donde precisó que determinó el no ejercicio de la acción penal en una carpeta de investigación y en otra propuso su archivo temporal.

Sin embargo, no le proporcionó la información del periodo de 2020, por lo que el ciudadano interpuso un recurso de revisión ante el INFO, para que le fuera entregada la información completa.

San Martín refirió que la Fiscalía completó la información solicitada, donde destaca que durante los meses de junio a diciembre de 2020 no determinó propuestas para archivo temporal, ni tampoco el no ejercicio de la acción penal de ninguna investigación a su cargo.

Con relación a la naturaleza de lo solicitado, San Martín Rebolloso explicó que, de acuerdo con el Código Penal vigente para la capital, un feminicidio ocurre cuando una mujer es privada de la vida por razones de género , si se presentan signos de violencia o lesiones y que existan antecedentes las amenazas o el acoso.

De igual forma, cuando haya existido una relación sentimental, afectiva o laboral , entre otras, bien si el cuerpo de la víctima se haya encontrado en un lugar público o se estuviese en estado de indefensión.

Para dimensionar la importancia del caso, San Martín resaltó que, de acuerdo con el reporte “Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 911” de 2021, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en 2019 se registraron 944 presuntos feminicidios; en 2020, 948, y de enero a abril de 2021, registraron 311.

La comisionada recordó que en sesión del pleno del pasado 28 de abril, presentó el citado recurso de revisión, el cual fue aprobado, con lo que dicha Fiscalía quedó obligada a cumplir con el requerimiento, pues representaba de interés para sociedad y ser utilizados con fines de estudio o de investigación.

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