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En cinco meses, la alcaldía Gustavo A. Madero retiró un total 400 chelerías de la vía pública y suspendió 100 negocios más que no contaban con los permisos para la venta de alcohol.
Una zona que se ha visto afectada por la alta reincidencia en la venta ilegal de alcohol ha sido Cuautepec, donde 30 establecimientos fueron suspendidos nuevamente en las últimas dos semanas.
En esta misma región, se registraron numerosos casos de venta de alcohol a menores de edad, se estima que la abundancia de “giros negros” se debe a la alta concentración de planteles escolares en el área, explicó la demarcación.
El artículo 11, fracción 1 de la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México detalla que está prohibida la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad, la sanción comienza en 39 mil 712 pesos y puede llegar hasta los 282 mil 850 pesos, esto depende del tamaño del establecimiento o si se comprueba la presencia de menores consumiendo alcohol dentro del inmueble.
El artículo 32 de la Ley de Cultura Cívica indica que las multas por la instalación de chelerías en la vía pública se sancionará con multas que oscilarán entre 2, mil 171 pesos y 3 mil 257 pesos, asimismo, los infractores pueden ser arrestados entre 25 y 36 horas, o cumplir con trabajo comunitario de 12 a 18 horas.
Para operar de manera legal, la ley de establecimientos mercantiles dice que los locales deben contar con tres documentos obligatorios: aviso de funcionamiento, constancia de no obligatoriedad de protección civil y permiso de uso de suelo.
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Los avisos de funcionamiento se clasifican en tres tipos, el primero es el de Bajo impacto, este es aplicable a tortillerías, tiendas de abarrotes y negocios que venden alimentos sin bebidas alcohólicas, o que solo pueden venderlas hasta las 17:00 horas.
Impacto zonal, este va dirigido a bares, antros y cantinas, donde se venden bebidas alcohólicas sin necesidad de ofrecer alimentos.
Impacto vecinal, este permite la venta de bebidas alcohólicas, siempre que se consuman junto con alimentos o que estos se encuentren en la mesa.
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En caso de operar sin la documentación correspondiente, el establecimiento es suspendido y cuenta con un plazo de diez días para regularizar su situación. Si no se cumplen los requisitos dentro de ese tiempo, se pierde el derecho a realizar el trámite y el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) inicia un proceso de evaluación.
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