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Corte Interamericana de Derechos Humanos condena al Estado mexicano, en el caso de Ernestina Ascencio
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la Resolución 92/2025, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de Ana Amelí García Gámez, al considerar que su situación reviste gravedad y urgencia ante el riesgo de daño irreparable a sus derechos en México.
De acuerdo con la solicitud analizada por la CIDH, el 12 de julio de 2025 la beneficiaria, de 20 años de edad, salió a realizar una caminata en el Parque Nacional Cumbres del Ajusco, ubicado en la alcaldía Tlalpan, en la Ciudad de México. Desde entonces se desconoce su paradero. Sus familiares expresaron preocupaciones por la falta de avances sustantivos, la ausencia de líneas de investigación sólidas y las deficiencias en las diligencias de búsqueda.
La solicitud también señaló el presunto incumplimiento del Estado mexicano a las recomendaciones del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, emitidas mediante la Acción Urgente No. 2133/2025, que instaba a buscar y localizar de manera inmediata a la joven. Pese a las denuncias y a las acciones de búsqueda reportadas por autoridades estatales, no había información sobre su localización al momento de la resolución.
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Por su parte, el Estado mexicano informó a la CIDH sobre gestiones institucionales, líneas de investigación abiertas y la implementación de un plan de búsqueda con perspectiva de género por parte de la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México, además de mesas de trabajo interinstitucionales y acompañamiento a la familia.
Al analizar el caso, la CIDH manifestó su preocupación porque, tras casi cinco meses de la desaparición, no se ha determinado el paradero de Ana Amelí García Gámez ni existe información suficiente para su ubicación. También advirtió la falta de información sobre la implementación de las recomendaciones de la ONU y de las medidas investigativas sugeridas.
En este contexto, la Comisión estimó que el paso del tiempo podría dificultar la localización y generar mayores afectaciones a los derechos a la vida y a la integridad personal. Por ello, solicitó al Estado mexicano redoblar esfuerzos para determinar su situación y paradero; fortalecer el plan integral de búsqueda con medidas diferenciadas por razón de género; mantener comunicación periódica con los familiares sobre los avances y líneas de investigación; y actualizar la información para evitar la repetición de los hechos.
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La CIDH aclaró que el otorgamiento de medidas cautelares no prejuzga una eventual petición ante el sistema interamericano, ni implica una determinación sobre violaciones a derechos humanos previstas en la Convención Americana u otros instrumentos internacionales aplicables.
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