Raquel Taboada, víctima de violencia obstétrica , lleva 34 meses sin poder tener acceso al cuerpo de su bebé , el cual permanece en el Instituto de Ciencias Forenses (Incifo) desde 2016, luego de perderlo por falta de atención médica en el Hospital General de Iztapalapa y en el Hospital Materno Infantil Inguarán.

Ahí, recibió diversos maltratos “derivados de prácticas rutinarias e insensibles” que la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México acreditó en la recomendación 05/2019 interpuesta a la Secretaría de Salud local (Sedesa), a la Procuraduría General de Justicia (PGJ) y al Instituto de Ciencias Forenses, por violaciones a los derechos humanos de las mujeres a una vida libre de violencia, tratos inhumanos, así como a la salud reproductiva y a la verdad y acceso a la justicia.

Durante la presentación de la recomendación, la titular de la CDHCDMX, Nashieli Ramírez, dijo que los hechos que dieron origen a esta recomendación no son un caso aislado de violencia contra la mujer en la capital del país, pues “son prueba de una violencia de género sistemática y estructural”.

Pidió que la violencia obstétrica sea considerada como una forma de violencia contra la mujer , pues reconoció que una tercera parte de las mujeres sufre este tipo de violencia en los sistemas de salud, en donde, tres de cada 10 mujeres denuncian maltrato de personal médico que atendió su parto o cesárea.

Los hechos de la recomendación ocurrieron el 3 de septiembre de 2016 cuando Raquel llevó sus últimos meses de atención prenatal en el Hospital General de Iztapalapa. Cerca de las 04:30 de la madrugada de aquel día, acudió a dicho hospital al presentar la fuente rota; sin embargo, personal médico argumentó que no la podían atender ya que se encontraban en una operación urgente.

A Raquel no le brindaron facilidades o alternativas para poder atenderla, por lo que sus familiares tuvieron que trasladarla esa misma madrugada al Hospital Materno Infantil Inguarán en donde fue ingresada al área de tococirugía por más de nueve horas.

A las 11:30 horas de ese 3 de septiembre, el hijo de Raquel presentaba aún signos vitales al interior del cuerpo de su madre; los médicos le prescribieron medicamentos para la conducción del parto y vigilancia cada media hora, sin que estas se realizaran.

Horas después y pese a la insistencia de la víctima para que le realizaran cesárea, los médicos la trasladaron al quirófano y retardaron la operación 26 minutos, toda vez que el cirujano decidió atender a otra mujer que había entrado a la sala de expulsión del Hospital Materno Infantil, sin que fuera diagnosticada como urgente.

Lo anterior quedó asentado por la tercera visitaduría del a CDH en el expediente que dio cuenta a la recomendación presentada 05/2019. La directora del Hospital Materno Infantil, señaló que el hijo de Raquel perdió la vida antes de la extracción completa del cuerpo de la madre.

La víctima presentó diversas complicaciones

y fue enviada el 7 de septiembre de 2016 al Hospital General de Balbuena, en donde estuvo en cuidados intensivos.

Raquel acudió a interponer la denuncia ante la Fiscalía Desconcentrada contra Servidores Públicos de la PGJ, en donde el agente del Ministerio Público le negó los servicios, posteriormente de iniciada la investigación, la CDH observó que el seguimiento “no fue parcial ni efectiva”.

Además, documentaron irregularidades en el traslado y resguardo del cuerpo del menor y una vez realizada la necropsia el 10 de septiembre en el Incifo, el perito determinó que el cuerpo tenía 40 semanas de gestación , que vivió tres días y respiró fuera del útero, por lo que el fallecimiento fue por “asfixia neonatorum”.

En total fueron 13 violaciones documentadas por el organismo por lo que las dependencias señaladas deberán reparar los daños a la víctima y sus familiares, brindar atención médica y psicológica individualizada; la PGJ deberá iniciar procedimiento contra quien resulte responsable y brindar certeza jurídica, además de elaborar un protocolo interinstitucional de levantamiento de cadáver.

La Sedesa deberá diseñar una ruta de atención con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos, que incluya por lo menos un mecanismo de denuncia para las mujeres, entre otras.

Mientras que el Incifo deberá incluir procedimientos en la guía para realizar necropsias , en donde se incluyan procedimientos a llevar cuando se presente muerte perinatal y aplicación obligatoria para casos de violencia obstétrica.

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