Oaxaca de Juárez.- El tribunal civil de París (Tribunal Judiciaire) desestimó por motivos de formalidad procesal una solicitud hecha por la para ordenar a la empresa francesa Électricité de France (EDF) que suspenda inmediatamente la construcción del parque eólico Gunaa Sicarú en Oaxaca .

Esto en el marco de la demanda interpuesta contra EDF por comuneros de Unión Hidalgo, y dos organizaciones defensoras de derechos humanos, Proyecto de Derechos Económicos Sociales y Culturales (ProDESC) y el Centro Europeo de Derechos Constitucionales y Humanos (ECCHR), por violaciones a la Ley de vigilancia francesa.

Como parte de esta acción legal, los comuneros solicitaron la suspensión del proyecto de parque eólico Gunaa Sicarú, previsto para su desarrollo en dicha comunidad zapoteca, ubicada en el Istmo de Tehuantepec.

La comunidad alega que no fue consultada adecuadamente en el proceso de planificación, lo que supone una clara violación a sus derechos.

Además, señalaron que la interferencia de EDF en el proceso de consulta ha provocado una escalada de violencia en la comunidad, especialmente contra las defensoras y los defensores de los derechos humanos y del territorio.

En un comunicado, las dos organizaciones afirmaron que esta resolución forma parte de los procedimientos previos al juicio principal y aunque no excluye todas las opciones de las demandantes en este procedimiento, la decisión del tribunal entorpece la búsqueda de justicia.

Sin embargo, el tribunal de París tomó la decisión de reconocer la competencia del juzgado civil en este tema.

Las organizaciones señalaron que el tribunal francés rechazó la solicitud de medidas cautelares de los demandantes por una formalidad procesal, al señalar en una “jugada polémica”, que la demanda presentada en octubre de 2020 no se refería al correcto plan de vigilancia de EDF, un documento anual sobre análisis de riesgos y medidas de mitigación ante posibles violaciones a los derechos humanos.

“Esta decisión podría sentar un peligroso precedente para futuros casos sobre la diligencia debida en materia de derechos humanos obligatoria para las empresas mundiales, y no comprende la función y el contexto de las leyes de diligencia debidas en materia de derechos humanos”.

Asimismo, señalaron que mediante esta sentencia, el tribunal ignora la finalidad de leyes como la vigilancia, cuyo objetivo es prevenir las violaciones a los derechos humanos derivadas de las actividades de empresas francesas que operan en otros países.

“El deber de vigilancia no es simplemente un ejercicio de marcar casillas en un plan anual, sino que se trata de un comportamiento de vigilancia constante por parte de las empresas, que incluye la aplicación efectiva de las medidas adoptadas para prevenir los riesgos”, acusaron.

El caso de Gunaa Sicarú y la oposición de la población zapoteca de Unión Hidalgo es el primero en su tipo, en el que una comunidad indígena de América Latina ha llevado hasta una corte de Francia a una empresa, alegando los efectos negativos que la construcción del parque eólico conlleva para el medioambiente y la comunidad, así como violaciones a los derechos humanos.

Al respecto, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos publicó cartas de alegación dirigidas a EDF, así como a los gobiernos de Francia y México, para que esta realice las diligencias relativas a los derechos humanos de los pobladores de Unión Hidalgo.

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Los comuneros de Unión Hidalgo y organizaciones de derechos humanos que interpusieron una acción legal ante el Tribunal civil de París (Tribunal Judiciaire) en la que demandan la suspensión del proyecto de parque eólico Gunaa Sicarú, de la empresa Électricité de France (EDF), se sienten decepcionados por la resolución del juez al desestimar la solicitud parcialmente por motivos de formalidad procesal.

Los comuneros y las organizaciones de derechos humanos Proyecto de Derechos Económicos Sociales y Culturales (ProDESC) y el Centro Europeo de Derechos Constitucionales y Humanos (ECCHR) señalaron en un comunicado que el tribunal perdió una oportunidad histórica de proteger los derechos de un pueblo indígena mexicano frente a los intereses empresariales de Francia.

Señalaron que en lugar de ordenar a Électricité de France que suspenda inmediatamente la construcción del parque eólico en Oaxaca por no consultar al pueblo de Unión Hidalgo en el proceso de planificación, lo que supone una clara violación a sus derechos humanos, el tribunal desestimó.

La reciente resolución forma parte de los procedimientos previos al juicio principal y aunque no excluye todas las opciones de las demandantes en este procedimiento, la decisión del tribunal entorpece la búsqueda de justicia, dijeron las organizaciones, quienes junto con la comunidad zapoteca presentaron la acción legal en octubre de 2020.

“Estamos decepcionados con la decisión del juez pero seguiremos adelante en nuestra búsqueda de justicia. Es lamentable que la justicia francesa haya decidido hacer oídos sordos y callar ante los abusos cometidos por las empresas de ese país, en este caso EDF“, dijo Guadalupe Ramírez, miembro del Comité de Resistencia de Unión Hidalgo, sobre la decisión de la jueza de no otorgar la medida precautoria.

Tribunal de París desestima suspender parque eólico en Unión Hidalgo, Oaxaca
Tribunal de París desestima suspender parque eólico en Unión Hidalgo, Oaxaca

Sin embargo, la defensora dijo que “al final es una buena noticia saber que el juicio va, qué podremos presentar el caso y que seguiremos adelante (en Francia). Igualmente obtener las medidas (precautorias) seguirá siendo importante”.

La comunidad alega interferencia de EDF en el proceso de consulta, lo que ha provocado una escalada de violencia en la comunidad, especialmente contra las defensoras y los defensores de los derechos humanos y del territorio.

La demanda fue presentada con el apoyo de un amplio grupo de organizaciones no gubernamentales, como CCFD-Terre Solidaire, Sherpa, Amigos de la Tierra Francia, el Observatorio para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos, SOMO, OECD Watch, y la Alianza Justa, Global y Verde (FGG) que propugnan por una marcos regulatorios vinculantes para las empresas, que refuercen los derechos humanos y el medio ambiente.

“Los habitantes de Unión Hidalgo, en México, sufren las actividades comerciales de una empresa que es principalmente propiedad del Estado francés”, afirmó Alejandra Ancheita, directora ejecutiva de ProDESC.

“Es inaceptable que una empresa pública propiedad en un 83% del Estado francés ahogue a los jueces en consideraciones puramente procesales que no reflejan en absoluto la complejidad de las cuestiones que se plantean sobre el terreno, en Unión Hidalgo. Tanto la empresa como el Estado francés tienen una responsabilidad en el respeto de los derechos de Unión Hidalgo”, remarcó.

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afcl

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