Cuernavaca.- Después de varias protestas de defensores animales para exigir castigo a quien maltrate a los animales, el Pleno del Congreso de aprobó con 14 votos a favor la reforma al Código Penal y a la Ley Estatal de Fauna para sancionar con cuatro años de prisión a quien maltrate a los animales .

Las animalistas solicitaron la reforma al artículo 327 del Código Penal, luego de que en la emergencia sanitaria por Covid-19 aumentaron en 150% las agresiones y abandono de animales de compañía.

Tras de varias manifestaciones a finales de abril pasado, en reunión de las comisiones de Puntos Constitucionales y Legislación del Congreso del estado, así como de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Agua, se votó en sentido positivo el dictamen con proyecto de reforma al Código Penal del Estado en sus artículos 327, 328 y 329, así como a la Ley Estatal de Fauna, en su artículo 69.

Este miércoles, las animalistas protestaron otra vez en el Congreso de Morelos y acusaron que el personal que se encuentra en la entrada al recinto legislativo les impidió el paso con la excusa de era necesario que llegaran al menos 13 legisladores para ingresar al salón y estar presentes en la sesión ordinaria.

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“Es una reverenda falta de respeto lo que nos están haciendo, el hecho de convocar a las sesiones y que no se presenten los diputados. Ya se les dio su tiempo, ya pasaron las elecciones; algunos ganaron y otros perdieron, pero todavía tienen que venir a trabajar. Ya no están en licencia.

"Son unos irresponsables, no les importa nada más que sus acuerdos políticos y los ciudadanos aquí afuera, pero esto es el colmo que no nos dejen pasar”, manifestó la defensora de animales Vanessa Perbellini Soberanes.

Tras ese reclamo, esta tarde fue aprobada la Ley para castigar con cárcel a quien maltrate a los animales domésticos y cualquier tipo de fauna.

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En el pleno, la diputada morenista que buscó y no obtuvo la reelección, Alejandra Flores Espinoza, puntualizó que en el dictamen se señala que en el Código Penal de Morelos, en su artículo 327, establecía un tipo penal para las conductas que atentaban contra la dignidad e integridad de los animales domésticos. Sin embargo, este tipo penal era limitante, ya que indicaba que los únicos animales que gozaban de protección eran los de carácter doméstico, excluyendo a la demás fauna.

En Morelos, el pasado 26 de abril, por primera vez en la historia un juez especializado de control vinculó a proceso penal a Gabriel “N” por los delitos de amenazas y actos de crueldad en contra de animales domésticos, específicamente en perjuicio de una perra de nombre “Ela”, de acuerdo con la carpeta de investigación JC/12867/2020.

El juzgador estableció dos meses para el cierre de la investigación y decretó como medida cautelar la presentación periódica ante un juez y la prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con las víctimas o testigos.

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Actualmente, el artículo 327 del Código Penal para el Estado de Morelos establece textualmente: “Al que cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie de animal doméstico provocándole la muerte, se le impondrán de seis meses a un año de semilibertad. En caso de reincidencia o que concurra alguna de las circunstancias siguientes, se le impondrán de seis meses a un año de prisión, al sujeto activo”.

jabf/nv

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