Por Soley Silva

La Constitución Mexicana incluye un artículo que defiende el trabajo digno gracias a la lucha de los obreros, después de la Revolución Mexicana.

Cuando la Revolución (1910) terminó, a pesar de las reformas que se hicieron al campo, los trabajadores de las fábricas seguían laborando en condiciones precarias: trabajaban hasta 12 horas diarias ganando el salario mínimo, les pagaban con billetes que perdían su valor al poco tiempo de ser expedidos y no tenían seguro médico ni prestaciones.

En la Ciudad de México los obreros fueron influenciados por el anarquismo, corriente que impulsa la libertad del individuo y la lucha contra los sistemas proletarios y religiosos; el anarquismo apoyaba el método de acción directa que consiste en boicots al gobierno y huelgas parciales. Años antes el anarquismo había sido adoptado por el Zapatismo (con el Ejército Libertador del Sur) y por el Partido Liberal Mexicano (PLM).

Los trabajadores se organizaron para pedir la reducción de la jornada a 8 horas con un día de descanso, el derecho a manifestarse y tener un salario mínimo. Así, surgió la Casa del Obrero Mundial, fundada en septiembre de 1912 y que funcionaba como punto de encuentro para los trabajadores.

Sin embargo, el presidente Venustiano Carranza no estuvo de acuerdo con la organización de los obreros y durante su gobierno se reprimió a los sindicatos, quienes entre otras cosas demandaban que les pagaran con oro. Carranza les advirtió que si dejaban de trabajar para ir a manifestarse, serían castigados con severidad.

Cualquiera que suspendiera su trabajo en las fábricas o empresas de servicios públicos recibiría la pena de muerte, según una ley de 1862 que continuaba vigente en esa época. Aun así, el 31 de julio de 1916 sin dar importancia a las advertencias, 82 mil obreros se manifestaron en la Ciudad de México ante la indiferencia del gobierno por resolver sus demandas.   

Ese día no hubo electricidad, agua potable, tranvías, coches o carretas. No se vendieron tortillas, pan ni periódicos. La huelga fue reprimida por el gobierno de Carranza, pero la presión de los obreros continuó y unos meses después se incluyó un artículo en la Constitución de 1917 que defiende los derechos de los trabajadores:
“Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil”.

 

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