El día 18 de julio de 2016 se publicó la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la cual tiene por objeto fundamental establecer mecanismos de coordinación entre los diversos órganos de combate a la corrupción en la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México. Esto significó un replanteamiento en la conformación de competencias entre los Estados y la Federación. En principio cada entidad federativa tiene su propia Constitución y sus leyes; sin embargo, la ausencia de uniformidad en los catálogos de las faltas administrativas, los delitos y en los procedimientos sancionadores ha ocasionado problemáticas en la interpretación y aplicación de la ley, lo que ha significado una dificultad para castigar los actos de corrupción. Así, con el surgimiento de una legislación nacional única se busca la unificación de las bases mínimas para la prevención de hechos de corrupción y faltas administrativas, concretar las mismas políticas públicas integrales en el combate a la corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos. Se pretende además la conformación de una base de datos nacional que sistematice y actualice la información que generen las instituciones competentes en el enfrentamiento a la corrupción.

El reto no sólo será la implementación del Comité Coordinador que se integrará por un representante del Comité de Participación Ciudadana, el titular de la Auditoría Superior de la Federación, el titular de la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción, el titular de la Secretaría de la Función Pública, un representante del Consejo de la Judicatura Federal, el presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y el presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; lo más importante será la revisión de las leyes que prevén las faltas administrativas, así como los Códigos Penales que tipifican los delitos cometidos por servidores públicos.

Es evidente que la materia penal y la administrativa son completamente distintas, pero deben ser complementarias en la conformación del Sistema Nacional Anticorrupción para la obtención de los medios probatorios eficaces e idóneos que acrediten las faltas administrativas. Ese es el verdadero reto, el tener instrumentos legales en materia administrativa y penal que hagan eficiente la generación y obtención de pruebas que acrediten los actos de corrupción; mientras no exista coordinación y una estrategia conjunta, no se logrará una adecuada implementación del sistema.

Consejero de la Judicatura Federal

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