Sonó el teléfono. La persona con la que conversaba en una cafebrería de la Roma puso el altavoz. Una grabación advertía que López Obrador apoyaba a Nestora Salgado, acusada de delitos de homicidio y secuestro. Recordé que en 2017 iniciamos la investigación de oficio, para ver de donde venían las llamadas telefónicas nocturnas que en ese momento generaban propaganda negra en contra de Delfina Gómez y de Josefina Vázquez Mota. Requerimos información al IFT, pedimos la conservación de datos de las llamadas telefónicas a un juez de control, solicitamos a policía cibernética que le quitara las “máscaras” a algunos números, y sobre todo, lo denunciamos públicamente y generamos diligencias para encontrar los centros de llamado, para inhibir esa conducta que afectaba la calidad de los comicios. Se puede. No hay pretextos.

No sé de dónde provengan las llamadas de 2018. No se si se trata de una práctica desesperada del PRI y del gobierno federal para detener el eminente triunfo electoral de López Obrador y la necesaria rendición de cuentas posterior. Existen razones para creerlo. Meade fue el primero en sacar el tema de Nestora Salgado y ha lanzado hasta promocionales con el tema. Me sigue pareciendo increíble que un candidato presidencial se desviva atacando a una candidata al Senado.

Lo que sí sé es que esas llamadas violan las leyes. No son ejercicios de libertad de expresión, porque la libre manifestación de las ideas tiene límites, entre otros no afectar derechos de tercero y no cometer delitos. Lo dice la Constitución. Es evidente que se están violando el derecho al honor y el derecho al voto pasivo de López Obrador. Las llamadas difunden una situación de la que existen pronunciamientos judiciales e incluso de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que han absuelto a la hoy candidata al Senado.

Además, quienes hacen esas llamadas están cometiendo un delito. O mejor dicho, tres. Podrían violar el artículo 7, fracción XXI, de la Ley General en Materia de Delitos Electoral que establece una pena de seis meses a tres años de prisión a la persona que provea bienes o servicios a las campañas electorales sin formar parte del padrón de proveedores del INE. Es claro que un call center contratado es la prestación de un servicio. Por lo que, si la empresa no forma parte del padrón de proveedores del INE, estaría cometiendo el delito.

Relacionado con lo anterior, se encuentra el numeral 15 de la misma ley, que establece una pena de cinco a quince años de prisión a quienes destinen o utilicen aportaciones en especie a un candidato cuando exista una prohibición legal. La contratación del call center es una aportación en especie a una campaña, que además es ilegal, porque el objetivo de las campañas electorales es promover plataformas electorales, no generar propaganda calumniosa, como la que se difunde en las llamadas. La prohibición de la propaganda calumniosa se encuentra en el eslabón más alto de todo el sistema normativo: el artículo 41 de la Constitución.

Finalmente, viola el numeral 7, fracción XVI de la ley, que sanciona a la persona que realice por cualquier medio algún acto que provoque temor o intimidación en el electorado, como podrían ser las llamadas que se reciben de números desconocidos, que vulneran la vida privada y la intimidad, la protección de los datos personales y que sólo reflejan la bajeza de la guerra sucia. INE, Inai, Fepade, IFT tienen frente a sí la posibilidad de proteger los derechos de los ciudadanos. Corresponde a la ciudadanía denunciar. www.dialogosdemocracia.humanidades.unam.mx, plataforma de la UNAM, está a su disposición.

Como lo sostuve en alguna ocasión, si la idea era bajar de las preferencias electorales a López Obrador violando la Constitución y las leyes, no cuenten conmigo. Actos viles como las llamadas sólo refrendan mi compromiso ético por seguir apoyando a López Obrador en su lucha por la Presidencia de la República.

Ex titular de la Fepade

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