La renovación del poder público que acontecerá en 2018 es inédita, con ello las elecciones a realizarse en el país representarán un desafío compartido entre autoridades electorales locales y federales, administrativas y jurisdiccionales. Con la reforma política reciente, la Ciudad de México adquiere el estatus jurídico de entidad federativa y goza de autonomía, por lo que se distingue del resto de los estados, a los que se les atribuye soberanía. En ese sentido, se mantienen las figuras de gubernatura para los estados y jefatura de gobierno para la Ciudad de México.

Una forma sui generis de órgano de gobierno en la Ciudad es el cabildo, que se integrará con la o el jefe de gobierno y los alcaldes y alcaldesas de cada una de las 16 demarcaciones, funcionará como un órgano de planeación, coordinación, consulta, acuerdo y decisión del Gobierno de la Ciudad de México.

Las unidades territoriales con las que se integra la Ciudad se denominan demarcaciones, que serán administradas por alcaldías, cuyos órganos de gobierno se elegirán conforme al principio democrático. De esta manera se pretendió homologar su estructura a la de los municipios.

La alcaldía como órgano colegiado, se conformará por un alcalde o alcaldesa y un concejo; serán electos por planillas de entre 7 y 10 candidaturas, que se enlistarán de forma progresiva. Cada concejal representará una circunscripción dentro de la demarcación territorial. En la integración de las planillas, se deberá garantizar la paridad entre hombres y mujeres (fórmulas del mismo género) y tomar en cuenta criterios etarios (incluir a jóvenes entre los 18 y 29 años).

En este sentido, la ciudadanía votará por concejales de las alcaldías, serán entre 10 y 15 por demarcación, dependiendo de su número de habitantes y tendrán como función supervisar y evaluar las acciones del gobierno y controlar el ejercicio del gasto público. El 60% de los concejales serán electos por el principio de mayoría relativa (MR) y el 40% por representación proporcional (RP), pero ningún partido político o coalición electoral podrá contar con más del 60% de los concejales en una alcaldía.

Sin embargo, por única ocasión en las elecciones de 2018, los concejos de las 16 alcaldías electas se integrarán por la o el Alcalde y 10 concejales electos en los mismos términos, es decir de 60% de MR y 40% de RP.

Habrá concejales de representación proporcional que se asignarán a partidos, así como a candidaturas independientes, en función del porcentaje de votos efectivos obtenido mediante la aplicación de la fórmula de cociente y resto mayor, bajo el sistema de listas cerradas por demarcación territorial.

Para la integración del Congreso de la Ciudad, se elegirán 66 diputadas y diputados, de los cuales 33 serán de MR y 33 de RP. La equivalencia de ambos principios fue impugnado ante la Suprema Corte, (Acción de Inconstitucionalidad 15/2017 y sus acumuladas 16/2017, 18/2017 y 19/2017), la cual consideró que las legislaturas locales son libres para decidir su conformación, en consecuencia, declaró su validez; también validó el tope máximo de 40 curules que cada partido político puede tener en el Congreso, y retiró la restricción impuesta a las y los legisladores locales para que se reeligieran más de una vez, ajustándose a lo señalado en la Constitución federal que permite la reelección hasta por cuatro periodos.

En este contexto, de forma simultánea se celebrarán comicios para elegir la jefatura de gobierno, el alcalde o alcaldesa y a los concejales, así como las diputaciones locales.

En el ámbito jurisdiccional el Tribunal Electoral de la Ciudad de México tiene una tarea compleja, si bien la maquinaria todavía se encuentra en espera de su reto más fuerte, que consistirá en todas las impugnaciones que conforme a su competencia conoce y resuelve, debe vigilar la debida aplicación de las normas electorales en la integración de los órganos de gobierno. Como se observa, en este aspecto los temas torales son su distribución numérica; la paridad; el espacio reservado a jóvenes; las formas de organización político-administrativas, incluyendo a las autoridades tradicionales y representantes de los pueblos y barrios originarios, que serán elegidas de acuerdo con sus propios sistemas normativos y procedimientos, aspectos que el Tribunal deberá procurar su cabal cumplimiento.


Magistrada del Tribunal Electoral de la Ciudad de México.

Twitter: @mgdaalejandrac1

Google News

Noticias según tus intereses