El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación ( ) aseguró hoy, a través de un boletín, que "en ningún sentido" ordenó que el fiscal general, , ingresara al ( SNI ); tampoco decidió si su trayectoria académica cumplía con los méritos para ser parte del SNI.

Ayer, se dio a conocer que una comisión especial, presidida por Ernesto Villanueva , determinó que el funcionario será miembro del SNI, en Nivel III , luego de una batalla legal en tribunales y tras una queja interpuesta por Gertz Manero ante la Conapred, porque al ser nuevamente evaluado se resolvió que sí cumplía con los requisitos para su ingreso.

"La resolución 01/2020 de este Consejo se dio en estricto cumplimiento a una sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la cual, a su vez, se emitió en acatamiento de una sentencia de amparo dictada por el Decimoctavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, que ordenó iniciar la investigación de la queja y determinar los presuntos hechos discriminatorio que señaló el peticionario", se lee en el documento.

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Y añade: "La resolución del Conapred determinó revisar la normatividad y que Alejandro 'N' fuera evaluado conforme lo determinara el sin señalar procedimiento especial alguno. En ningún sentido la resolución ordenó que Gertz Manero ingresara al Sistema Nacional de Investigadores (SNI); tampoco decidir si su trayectoria académica cumplía con los méritos para ser parte del SNI".

Finalmente, el Conapred aseveró que es el Conacyt quien debe evaluar si el funcionario cumplía con los requisitos "con total libertad e independencia y emitir una resolución".

En octubre pasado el Conapred emitió una recomendación al Conacyt para que reparara el daño y evaluara nuevamente los méritos del fiscal tras comprobar “actuaciones de trato diferenciado” en agravio de Gertz Manero. Así, se conformó una Comisión Especial Dictaminadora.

El dictamen de dicha Comisión establece que Gertz Manero fue objeto de una revisión con "apreciaciones subjetivas de los integrantes de las comisiones dictaminadoras o revisoras".

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Además, indica que la propia titular del Conacyt, , manifestó al Conapred que se detectó "un ejercicio arbitrario de las funciones de evaluación, así como parcialidad y falta de objetividad por parte de los evaluadores al momento de aplicar los criterios de evaluación previstos en la normativa, lo cual genera incertidumbre entre los solicitantes y puede conducir a la actualización de prácticas discriminatorias”.

Miembros de la comunidad científica se han manifestado en contra de la resolución, a la que calificaron como "una vergüenza" que pone entredicho el prestigio de las comisiones evaluadoras de los investigadores aspirantes, pues los méritos académicos del fiscal no sólo son débiles para ser parte del SNI, también se le otorga el más alto nivel del sistema sin acatar las reglas y normativas.

fjb

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