La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) presentó ayer una nueva controversia constitucional que concierne al sector energético nacional, en contra de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), la cual tiene posibilidades de resolverse a su favor, de acuerdo con analistas.

Ante el proceso recién iniciado, los expertos consideran que el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puede ir en el mismo sentido que el emitido en febrero pasado, cuando se revirtió la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional que emitió la Secretaría de Energía (Sener) en 2020.

El abogado experto en energía y presidente de la Asociación Mexicana de Hidrógeno, Israel Hurtado, dijo que la resolución de la Corte “tiene muchas posibilidades de éxito, porque hay que recordar que ya se pronunció a favor de la Cofece en otra controversia constitucional”.

En tanto, Ramsés Pech, analista del sector y socio de Caraiva y Asociados-León & Pech Architects, coincidió debido a que impugna la violación a los mismos artículos constitucionales sobre los cuales se basó la primera controversia del plan Nahle.

Impacto a la competencia

La Cofece inició el proceso porque considera que la reforma es contraria a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, “que ordenan un régimen de competencia en mercados de generación y suministro de electricidad”

El decreto afecta su labor, explicó, porque se le impide garantizar la competencia y libre concurrencia en el mercado eléctrico, además de que perturbará las condiciones de oferta de electricidad y, en consecuencia, dañará al consumidor así como a la economía nacional.

Pech advirtió que en el sector eléctrico puede presentarse un freno al inicio de nueva infraestructura, porque poner en operación un proyecto de energía tarda entre cuatro y seis años, pero ante la controversia constitucional, habrá quienes difieran sus inversiones.

“Muy posiblemente veremos una resolución igual que las otras, y son los precedentes que podrían ser parte de un texto que puede llevar a cambiar la Constitución para adaptar la ley a lo que esta administración quiere”, señaló.

Para la socia fundadora de Brilliant Energy Consulting, Miriam Grunstein, mientras no haya una suspensión o una resolución de la Corte se aplicará la ley vigente, es decir, la reforma eléctrica del sexenio pasado.

Sin embargo, agregó, es claro que los organismos reguladores de energía argumentan que la pandemia de Covid-19 y cuestiones administrativas frenan el otorgamiento de permisos bajo la ley que se aprobó en la administración anterior.

Para Grunstein, no se puede asegurar que la SCJN dará otra vez la razón a la Cofece, sobre todo ahora que se busca extender por dos años más el periodo del ministro presidente Arturo Zaldívar, quien no se ha pronunciado sobre esa extensión.

Los analistas consultados anticipan que habrá otra controversia constitucional más por la Cofece, en materia de la reforma a la Ley de Hidrocarburos avalada este jueves en el Senado, una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación, lo que congelará los cambios en materia energética.

Los argumentos

Para la Cofece, el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica “quebranta la regla de acceso abierto y no discriminatorio a las redes de distribución y transmisión, lo que reduce la capacidad de competir de ciertos generadores y comercializadores” de energía.

Da ventajas a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el despacho, “diluye la regla de acceso abierto a las redes, habilitando negativas de acceso a este insumo indispensable cuando no existan impedimentos o justificaciones legítimas para ello y permite a suministradores del servicio básico, específicamente a la CFE, la adquisición de la energía a través de métodos no competidos”, expuso la comisión en su alegato.

Explicó que para que haya una efectiva competencia en el mercado de generación y suministro de electricidad es necesario que haya acceso abierto a los generadores a redes de distribución y transmisión eléctrica y no se discrimine a productores.

Se debe garantizar que el despacho de energía siga criterios objetivos y de eficiencia y que el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE), es decir, el operador y regulador, sean independientes e imparciales, lo que significa que
no pueden dar ventajas a ningún participante.

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