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Las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) estarán sujetas a las mismas normas que deben cumplir los bancos para evitar el lavado de dinero y para cerrarle el paso a operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Una vez que sean autorizadas para operar, tendrán que suspender actos, operaciones o servicios con las personas que se encuentren en la lista negra de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y deberán entregar reportes antilavado de operaciones sospechosas.

De lo contrario estarán incurriendo en conductas graves que son sancionadas por las autoridades financieras con cuantiosas multas y penas corporales.

Las medidas son producto de las reformas que se hicieron a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), en la cual se advierte que en ningún caso los activos virtuales deberán ser considerados como monedas de curso legal en territorio nacional.

Amarran diversas leyes. Para amarrar el combate al lavado de dinero y otros delitos que pudieran cometerse por medio de las nuevas figuras que serán autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la ley fintech se tuvo que alinear a la LFPIORPI y se reformaron diversos ordenamientos de la Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores, la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, Ley para Regular a las Sociedades de Información Crediticia, la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y las leyes de la CNBV y de la Condusef.

En la nueva ley fintech se introdujeron las mismas responsabilidades para que las ITF entreguen reportes a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP cuando detecten una operación inusual de sus clientes o en las que sospechen que no se respetan las normas antilavado.

Realizarán informes de las operaciones relacionadas con transferencias internacionales y de operaciones en efectivo realizadas en moneda extranjera.

Para ello tendrán que hacer un adecuado conocimiento de los clientes: tener sus antecedentes como condiciones específicas, actividad económica o profesional y las zonas geográficas en las que operan y acreditar plenamente la identidad de sus clientes.

Deberán designar un oficial de cumplimiento de las normas antilavado y resguardar la información y documentación de la identificación de sus clientes.

Las empresas fintech podrán intercambiar información con otras entidades del sistema financiero, incluidos los centros cambiarios, con el fin de fortalecer las medidas y procedimientos para prevenir y detectar operaciones que puedan favorecer, prestar, ayuda y auxilio de cualquier especie para la comisión de delitos contra sus clientes o de las propias instituciones.

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