En pláticas de amigos o familiares nos comentan que el hijo del vecino entró a trabajar y no lo afiliaron al Seguro Social porque argumentan que está a prueba o en otros casos cuesta mucho dinero, pero realmente ¿qué ocurre en la economía de México?

Según la Ley del Seguro Social aquellos patrones que tienen un trabajador deberán de darlo de alta ante el Seguro Social, para que así cumpla con los requisitos que establece la Ley Federal del Trabajo como son: Que exista un don de mando, un lugar de trabajo, y perciba un sueldo por sus servicios, esto es en términos generales lo que debería de ocurrir. Es decir que cualquier patrón que tenga a cargo un trabajador tiene la obligación de darlo de alta de ante el Seguro Social. Esto implica que todos los patrones tienen esa obligación, ¿pero todos los patrones cumplen?

Según la Consar, hay 61 millones de trabajadores registrados en alguna Afore y que están pendientes de ser asignados en alguna Afore; sin embargo, hay que considerar a los que han sido dados de baja por fallecimiento o que fueron pensionados de aproximadamente 6 millones. Al mes de abril de 2018 están afiliados al régimen obligatorio del Seguro Social aproximadamente 19.7 millones de trabajadores; por lo que respecta a trabajadores vigentes afiliados al ISSSTE el número es de aproximadamente 5 millones; entonces si sumamos a los trabajadores inscritos al Seguro Social y a los del ISSSTE nos da un total de 24.7 millones de afiliados ante los dos institutos.

Si este dato lo comparamos con la información que presenta la Consar esto nos indica que son los trabajadores que tienen una Afore o alguna vez estuvieron afiliados a un patrón. Por lo que tenemos que 29 millones de trabajadores no laboran o tienen un empleo en la informalidad. Esto es muy grave porque los patrones tienen la obligación de afiliarlos, lo que implica un riesgo para el patrón y una desventaja para el trabajador.

Cuando camino por la calle observo en los mercados, tienditas, puestos ambulantes, tiendas misceláneas y otro tipo de negocios, entre otros, deduzco que ahí están los trabajadores informales y que su patrón no los afilio y pienso ¿por qué hace eso? Porque creen que es muy caro afiliarlos o porque desconoce sus obligaciones. ¿Qué ocurre si no los afiliaron? Para el trabajador: No recibirá los beneficios de los seguros de: Enfermedad y Maternidad, de Invalidez y Vida, de Riesgo de Trabajo, Guardería, Retiro, Cesantía y Vejez e Infonavit.

Por lo que si este trabajador lo afiliaron después del 1ª de julio de 1997 le correspondería el pago de su pensión con la Ley vigente, y para obtener los derechos de la pensión tendría que cotizar al menos mil 250 semanas que equivalen a 25 años aproximadamente, por lo que difícilmente, trabajando en la informalidad, podría acumular el total de las semanas necesarias. Para el patrón: En caso de revisión por parte del Seguro Social, éste detectará que si no los afilia, serían acreedores a una multa, así mismo les determinaría un crédito por las cuotas obrero patronales omitidas hasta por cinco años.

Por lo que el Instituto Mexicano de Contadores Públicos de Mèxico (IMCP) labora muy de cerca con las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social, para lo cual los Contadores Públicos llevan a cabo Auditorías para efecto del Seguro Social en donde se verifican el correcto cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social, que incluye la correcta afiliación al Seguro Social.

Para el ejercicio de 2017 se revisarán 15 mil patrones aproximadamente. En caso de que el trabajador tuviera un accidente de trabajo, el Seguro Social le cobraría al patrón un capital constitutivo que consiste en: asistencia médica, hospitalización, medicamentos y material de curación, servicios auxiliares de diagnostico y de tratamiento, intervenciones quirúrgicas, aparatos de prótesis y ortopedia, gastos del traslado del trabajador accidentado y pago de viáticos en su caso, subsidios, gastos de funeral, indemnizaciones globales y gastos de administración.

En México los trabajadores informales son más que los que están en la formalidad, esto implica que estos trabajadores no tendrán acceso a un pensión y no tendrán los beneficios de la seguridad social para ellos y su familia.

Por lo que el Instituto por medio de las comisiones de trabajo efectúa revisiones a los patrones.

Comisión Representativa ante a Organismos de Seguridad Social del IMCP

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