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Con el fin de fortalecer el marco normativo antilavado y cumplir con las recomendaciones internacionales , el sector asegurador que opera en México aplicará nuevas medidas estrictas partir del 31 de diciembre próximo.
De acuerdo con las disposiciones de carácter general que dio a conocer hoy la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) , que estaban pendientes de emitir, se tendrá que llevar a cabo un protocolo.
Lo anterior para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos con recursos de procedencia ilícita .
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Además, tendrán que elaborar informes antilavado de operaciones inusuales y relevantes de sus clientes, y reportes de operaciones preocupantes internas llevadas a cabo por directivos o empleados de las compañías aseguradoras.
Los reportes se deberán entregar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP, a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).
El objetivo es atender las recomendaciones formuladas por el Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI) , organismo intergubernamental que fija los estándares internacionales en materia de prevención y combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo al que pertenece México desde el año 2000.
Obligatorio no operar con clientes anónimos
Las instituciones y sociedades mutualistas de seguros deberán elaborar y observar una política de identificación del cliente , con información del propietario real, cónyuge y beneficiario.
No se podrán establecer relaciones comerciales con clientes anónimos o bajo nombres ficticios, por lo que sólo se concretarán, hasta que hayan cumplido satisfactoriamente con los requisitos de identificación.
Deberán diseñar e implementar una metodología , para llevar a cabo una evaluación de riesgos a los que se encuentran expuestos derivado de sus productos, servicios, clientes, países o áreas geográficas, transacciones y canales de envío o distribución con los que operan.
Elaborarán y observarán una política de conocimiento del cliente con su perfil transaccional de operaciones en efectivo, moneda extranjera y nacional, así como en dólares.
Deberán contar con un órgano colegiado que se denominará "Comité de Comunicación y Control" para vigilar el cumplimiento de las disposiciones.
También tendrán que adoptar e implementar mecanismos que permitan identificar a los clientes que se encuentren dentro de la "Lista de las Personas Bloqueadas" que entregará la CNSF a más tardar en enero próximo, así como de las vinculadas con el terrorismo o su financiamiento, o con otras actividades ilegales.
Se les dará a conocer de manera enunciativa, la lista de cargos públicos que serán considerados como Personas Políticamente Expuestas nacionales , aunque podrán elaborar una propia.
La CNSF podrá solicitar a las compañías un informe de avance de la implementación y cumplimiento de las nuevas medidas.
Las obligaciones, procedimientos y requisitos relativos a la geolocalización , serán exigibles hasta que se emitan las reglas secundarias.
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vcr
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