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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) refrendó su compromiso de impulsar las mejores prácticas administrativas para una mayor protección y respeto de los derechos laborales.
Esa institución también resaltó su compromiso por difundir las normas internacionales del trabajo y la normatividad en la materia entre obreros, empleadores y autoridades laborales, para el fortalecimiento de la cultura en favor de los derechos fundamentales en el país. “Para este organismo nacional, el papel de los derechos humanos laborales como motor de la justicia social debe reflejarse en la voluntad de la autoridad para desarrollar e impulsar una cultura de respeto y difusión de esos derechos básicos, especialmente en beneficio de personas y grupos de atención prioritaria”, destacó.
Señaló que entre los grupos más vulnerables se encuentran jornaleros agrícolas, migrantes, pueblos indígenas, niños y adolescentes y personas con alguna discapacidad.
En ocasión del Día Internacional del Trabajo, la CNDH refirió que es imperativa la incorporación de la perspectiva de los derechos humanos en la política laboral.
Reconoció la importancia de la Norma Oficial Mexicana 025 en Igualdad Laboral y No Discriminación, que promueve la adopción y cumplimiento de procesos y prácticas en favor de la igualdad de género y no discriminación en los centros laborales, así como de la Norma Oficial Mexicana 034 sobre las condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de empleo, que abona al fortalecimiento de los mecanismos de protección y respeto a los derechos de ese sector.
Indicó que el derecho al trabajo se encuentra reconocido en los artículos 5° y 123 constitucionales, así como en diversos instrumentos internacionales como son el artículo 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el numeral 6 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en relación con los artículos 7 y 8; el artículo 6 del Protocolo de San Salvador y en numerosos convenios y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo.
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Recordó que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha señalado en sus Observaciones Generales que el derecho al trabajo deberá darse en condiciones equitativas, satisfactorias y de igualdad entre hombres y mujeres.
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