La senadora Marcela Guerra (PRI) presentó una iniciativa para modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación con el objeto de crear un programa de protección de Ministros, Magistrados y Jueces que desahoguen casos de alto impacto como delincuencia organizada, secuestro, así como delitos graves.

Entre las medidas de protección se incluye el uso de chalecos antibalas, autos blindados, teléfonos satelitales, uso de escoltas especializados, protección de inmuebles o la reubicación temporal, entre otras medidas para garantizar la seguridad y la integridad de los impartidores de justicia.

La senadora por Nuevo León explicó que esta reforma de ley busca brindar seguridad a aquellos que dedican su vida a la impartición de justicia, y que derivado de su actividad jurisdiccional tengan que dictar sentencia en asuntos de relevancia nacional o respecto a delitos de alto impacto.

Recordó que el caso del juez quinto de Distrito de Amparo y Juicios Civiles Federales del Estado de México, Vicente Antonio Bermúdez Zacarías, quien fue asesinado el pasado 17 de octubre cuando hacia ejercicio a las afueras de su domicilio.

Como parte del Programa de Protección se plantea la aplicación de las medidas preventivas, de protección y de urgencia, que sean necesarias cuando exista riesgo o agresiones.

En el caso de medidas preventivas se incluyen instructivos, manuales, cursos de autoprotección; en las medidas de protección, se considera entrega de celular, radio o telefonía satelital, la instalación de cámaras, cerraduras, luces y otras medidas.

Las medidas de urgencia, contiene la evacuación, la reubicación temporal, escoltas de cuerpos especializados, la protección de inmuebles, así como las demás que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y libertad de los solicitantes.

La protección del programa abarcará no solo a los Ministros, Magistrados o Jueces, también podrán ser sujetos de protección del programa, el o la cónyuge, concubina, concubina, ascendientes, descendientes o dependientes.

Además podrá ser sujeto del programa el personal del Pleno, Sala, Tribunal o Juzgado; siempre y cuando exista riesgo o agresión.

afcl

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