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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) hacer público el instrumento jurídico que dé cuenta del tratamiento dado a más de 6 mil obras de arte recibidas como pago en especie.

En respuesta, el SAT señaló que el Programa de pago en especie se rige por la Ley del Servicio de Administración Tributaria, el decreto que otorga facilidades para el pago de Impuesto Sobre la Renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos a las personas que se dedican a las artes plásticas si entregan alguna obra de su autoría.

El solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el Inai; señaló que la información no corresponde con la que pidió y reiteró que su interés es conocer el documento que indique los procesos, tiempos, responsables, áreas involucradas y orden, desde la recepción de las obras hasta el proceso final.

En alegatos el SAT reiteró su respuesta; sin embargo, en el análisis del caso el comisionado Francisco Javier Acuña advirtió que el SAT no interpretó correctamente la solicitud y se limitó a señalar los fundamentos jurídicos que regulan la posibilidad del pago en especie.

Se concluyó que el SAT cuenta con otras áreas administrativas competentes para conocer la información, en las cuales no hizo una búsqueda, como la Administración Central de Destino de Bienes.

Acuña Llamas aseguró que la información requerida permitirá conocer el destino de las más de 6 mil obras de arte. “Qué hacen con ella, por qué se destina a una Embajada o a la oficina del secretario tal o del gobernador tal; o sea, la parte discrecional que rodea una decisión de esta naturaleza”, aseguró.

Así el Inai revocó la respuesta del SAT y le instruyó a buscar en la Administración Central de Destino de Bienes a fin de que entregue al ciudadano la información solicitada.

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