La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad para impugnar diversos artículos contenidos en la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública para el Estado de México, mejor conocida como “Ley Atenco”, que, señaló, son contrarios a los derechos fundamentales de las personas.

El organismo que encabeza Luis Raúl González Pérez explicó que en la citada ley se encontraron varias restricciones a derechos fundamentales como son la libertad de reunión, asociación y libre expresión, por lo que dichas normas son contrarias a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se debe declarar su invalidez.

La ley impugnada fue aprobada por el Congreso del Estado de México con el voto a favor de los tres principales partidos (PRD, PAN y PRI) y fue publicada el pasado 18 de marzo en el Diario Oficial de esa entidad federativa.

Sin embargo, ha sido cuestionada por organizaciones defensoras de derechos humanos y de la libertad de expresión, por considerar que se trata de una norma que restringe derechos de forma desproporcionada y sin justificación. Sobre este punto, la CNDH afirmó que sus planteamientos son coincidentes con las críticas que han realizado agrupaciones civiles y con las observaciones que hizo en su momento la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

“La CNDH reconoce y apoya la necesidad de regular el uso de la fuerza pública por parte del Estado. El uso de la fuerza, si bien es cierto, sirve para garantizar la sana convivencia y respeto entre las personas, también lo es, que debe garantizar la protección más amplia del ejercicio de los derechos humanos de todos”, explicó el organismo.

La CNDH agregó que la acción de inconstitucionalidad se presentó ante la Oficialía de Partes del Alto Tribunal la tarde de ayer lunes, por lo que se trata de una impugnación elaborada con base a un análisis integral de la llamada Ley Atenco que contrasta su contenido con lo que establece la Carta Magna y los tratados internacionales que ha firmado México en materia de derechos humanos.

“Se detectaron algunas posibles inconstitucionalidades; algunos de estos elementos fueron coincidentes con los argumentos planteados en las solicitudes de promoción de acción de inconstitucionalidad que presentaron ante la CNDH diversos organismos políticos y organizaciones no gubernamentales, a quien en lo particular, les preocupa la restricción a los derechos de reunión, asociación y libertad de expresión, entre otros”, explicó la CNDH.

En los próximos días, la SCJN tendrá que resolver si admite a trámite dicha impugnación y a qué ministro le corresponderá revisar el contenido de la misma para elaborar un proyecto de sentencia, mismo que tendrá que ser resuelto ante el Pleno de la Corte.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación, como último y máximo intérprete de la Constitución, decidirá sobre la validez de la norma impugnada o sobre su interpretación conforme, pues con la correspondiente definición que el Supremo Tribunal haga, existirá certeza jurídica, tanto para los elementos de las instituciones de seguridad encargados de aplicar la Ley, como para las personas que de manera libre ejerzan sus derechos humanos”, concluyó el organismo.

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