Más Información

No hay esperanza de convencer al PT y PVEM en reforma electoral, insiste Monreal; “veo difícil que cambien su opinión”, dice

Oposición en el Senado anuncia voto a favor de eliminar “pensiones doradas” de exfuncionarios; condena “ingresos exorbitantes”

Sheinbaum analiza medidas para evitar alza en gasolina ante volatilidad del petróleo; todavía hay gasolina que se importa, aclaró

En marcha del 8M, Ivanna de 9 años exige sentencia para su violador; “las niñas no se tocan, no se violan, no se matan”, exigen

Marcha del 8M, en consignas y carteles; “estar viva no debería ser un logro”, expresan las asistentes
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) multó con 70 mil 100 pesos al Partido Acción Nacional (PAN) por el uso indebido de la prerrogativa de radio y televisión durante el periodo de precampaña en la elección extraordinaria de Colima.
Los magistrados del órgano jurisdiccional explicaron que durante los promocionales se hace mención y aparece sólo el precandidato Jorge Luis Preciado Rodríguez, sin nombrar al otro aspirante Humberto Ladino Ochoa, vulnerando con ello la equidad en la precampaña, pues a este último no se le dio cobertura en los spots partidistas.
Indicaron que los promocionales expusieron sólo a un precandidato, siendo que los órganos directivos de los partidos políticos deben garantizar que los procesos internos de elección y el desarrollo de todas las precampañas se hagan bajo condiciones de imparcialidad, equidad, legalidad, justicia y certeza.
Además, debieron distribuir sus tiempos, en este caso, entre los dos precandidatos que en su momento contendían para la candidatura a la gubernatura de Colima.
La magistrada Gabriela Villafuerte Coello manifestó que es muy importante analizar los alcances de los principios que rodean y deben privilegiarse en los procesos electorales al interior y fuera de los partidos políticos.
"Pero sin invadir la autodeterminación y auto organización de los mismos; este asunto fija un criterio de interpretación en la contienda electoral en el periodo de precampaña el cual parte de la premisa que la equidad en la contienda, conforme a la legislación de Colima, consiste en el trato justo e imparcial que debe prevalecer entre los contendientes", refirió.
A su vez, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña aseguró que es necesario que la equidad impere en las elecciones internas de los partidos políticos, de acuerdo con su normativa interna.
En su oportunidad, el magistrado presidente, Clicerio Coello Garcés, explicó que en este caso sólo se le asignó tiempos en radio y televisión a uno de los precandidatos, lo cual genera un desequilibrio en la precampaña.
tpc
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]








