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A partir de este jueves, los anuncios  espectaculares deberán contar con una placa de identificación y un código QR, que les será otorgado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi).

De acuerdo con las modificaciones hechas a la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, los dueños de los espectaculares y quienes aparezcan en el Padrón Oficial de Anuncios Sujetos al Reordenamiento de la Publicidad Exterior, tendrán 25 días naturales a partir de mañana, para dar cumplimiento a las nuevas disposiciones.

El documento publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal detalla que la placa y el código QR deberán contener el nombre o denominación del titular, ubicación del anuncio, número de licencia, así como los datos del PATR, la autorización temporal o el folio de registro del Padrón Oficial de Anuncios Sujetos al Reordenamiento de la Publicidad Exterior.

"La placa deberá colocarse en la parte inferior de la cartelera del anuncio, en su parte más cercana a la vía pública y con las dimensiones que hagan posible su lectura desde la misma. La placa deberá tener dimensiones de 1 metro por 50 centímetros y la impresión del código QR deberá tener la dimensión de 45 por 45 centímetros", precisa.

De acuerdo con las nuevas disposiciones, en el caso de los muros ciegos, vallas o tapiales, el nombre del titular, número de licencia y ubicación del anuncio deberán indicarse a lo largo del margen inferior del material instalado.

ahc

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