El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) rechazó la petición comunitaria del municipio de Oxchuc para realizar elecciones mediante usos y costumbres,  a fin de evitar conflictos sociales, como el actual, debido a la presencia de dos alcaldes y una sentencia incumplida del Tribunal del Poder Judicial de la Federación ( TPJF).

En sesión  extraordinaria del Consejo General del órgano electoral, por mayoría de votos -cuatro  a favor, por tres en contra-,   se  determinó  improcedente la solicitud  presentada  por un grupo de ciudadanos que demandaba  eliminar el sistema partidista para  sustituirlo  por  sus prácticas ancestrales.

La mayoría de los consejeros coincidió en que realizar  ahora una consulta en Oxchuc, en la región altos de  Chiapas, pondría en peligro a los funcionarios públicos que participarían en la organización y el desarrollo de la consulta de las comunidades.

Se argumentó además que aún no se ha cumplido  la sentenciaSUP-JDC-1690/2016 y acumulados de la  Sala Superior del  Tribunal  Electoral del Poder Judicial de la Federación  (TEPJF) que ordenó la restitución de María Gloria Sánchez Gómez  en la presidencia del ayuntamiento de Oxchuc.

Los lugareños pidieron además al órgano electoral que turne  a la LXVI Legislatura local un “ decreto” para normar que los pueblos indígenas elijan a sus autoridades según los usos  y costumbres ancestrales y se invalide el sistema de partidos políticos.

Los consejeros instruyeron a la Secretaría Ejecutiva del IEPC  para que analice esa posibilidad  en la propuesta de reforma a la legislación electoral, que se presentará al Consejo General.

El pasado 16 de enero, indígenas encabezados por autoridades comunitarias y tradicionales, solicitaron que las próximas elecciones locales se realicen por usos y costumbres, al margen de partidos políticos, para evitar conflictos posteriores.

La solicitud   fue realizada por Gabriel Méndez López, asesor jurídico de la Comisión Permanente por la Paz y la Justicia Indígena de Oxchuc. Aseguró que la petición  la respaldaban  28 mil 467 lugareños de un padrón electoral de 32 mil 600 electores y de un total de 42 mil habitantes.

Argumentó que, derivado del descontrol social y el conflicto partidista, las autoridades tradicionales, auxiliares, agentes y pobladores acordaron que no se permitiría el sistema de partidos políticos en el municipio,  “porque el conflicto social y la lucha de poder está centrada” en un  grupo de personas que han propiciado “ el descontrol social”.

El abogado  dijo que se acordó retomar la prerrogativa del artículo 2º de la Constitución Política respecto a que “los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación, que las comunidades indígenas tienen sus propias facultades de respetar los sistemas normativos para elegir a sus autoridades como se hacía antes, por usos y costumbres”.

Expreso que el último alcalde electo en plebiscito público o asamblea, fue Miguel Sántiz Gómez, en 1999, aunque para darle formalidad se realizó por el sistema mixto, “como se hacía entonces, es decir, que tuvo que ser registrado por un partido, en específico el PRI".

Aunque a la fecha, debido a las disputas pos electorales , Oxchuc tiene  dos alcaldes. Oscar Gómez López, nombrado sustituto por la Legislatura local en febrero de 2016,  cuando presionada por sus opositores y autoridades estatales, la presidenta municipal constitucional Sánchez Gómez solicitó licencia, después de  enfrentamientos, quema de viviendas y vehículos.

El 31 de agosto pasado el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó su restitución en la presidencia del Ayuntamiento, cuya resolución no se  cumple  aún.

María Gloria despacha en una vivienda de San Cristóbal de las Casas y Óscar Gómez atiende  en las oficinas de la alcaldía de Oxchuc.

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