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Con voto unánime, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la anulación de la elección en el municipio de Zacatecas, capital del estado, donde había triunfado la candidata de Morena, María Soledad Luévano Cantú.

Con la decisión, el Congreso local deberá emitir una convocatoria a elección extraordinaria en ese ayuntamiento, por lo que hoy tomarán protesta en el cargo sólo 57 presidentes municipales de la entidad.

La invalidez de los comicios realizados en ese ayuntamiento había sido decretada por la Sala Regional Monterrey el pasado viernes, tras valorar que Luévano incurrió en actos anticipados de campaña, pues en calidad de “Promotora de la Soberanía Nacional” —como fue nombrada— habría realizado una rueda de prensa para posicionarse antes de la campaña.

Según los magistrados de esa Sala Regional, al acreditarse esa ventaja, y que entre Luévano y su  más cercana oponente, Judith Guerrero, de la alianza PRI-PVEM-Panal, había sólo 552 votos de diferencia,  procedía la nulidad del proceso.

Ayer, en sesión pública, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF confirmaron ese criterio, aunque precisaron que no analizaron si la rueda de prensa de Luévano Cantú fue un acto anticipado de campaña.

Se valoraron, en cambio, los agravios denunciados por Morena, según el cual la Sala Regional no aplicó principios constitucionales en su resolución anulatoria (41 constitucional y 53 de la legislación electoral local).

Los magistrados de la Sala Superior revisaron si en realidad la Sala Regional no aplicó artículos de la Constitución —que es para lo que se emplea un recurso de reconsideración— y determinó que ambos tribunales actuaron conforme a sus atribuciones y no realizaron un análisis de constitucionalidad.

La Sala Regional “hizo un análisis de legalidad (y) concluyó que se dieron actos de esta naturaleza y que fueron sustantivos para el proceso electoral en ese municipio”, en ese sentido la resolución es definitiva, pues no está en entredicho su constitucionalidad.

“A juicio del Tribunal Electoral local, a juicio de la Sala Regional, se dieron actos anticipados de campaña a través de distintos actos del partido y de la candidata de Morena. Esa es una conclusión a la que arriban ambos tribunales” y la ley local establece que esa es causal de nulidad, determinó la Sala Superior, expuso el magistrado presidente del TEPJF, Constancio Carrasco.

Sin cambio de poderes. Al primer minuto de hoy, por primera vez el ayuntamiento de Zacatecas no tendrá un cambio de poderes y será gobernado temporalmente por un Concejo Ciudadano que instalará la Legislatura local, en tanto se elige a nuevo edil.

Sin embargo, los trabajos para la instalación formal del nuevo Concejo se vieron retrasados por la toma del edificio del Poder Legislativo que Morena mantiene desde hace más de una semana para manifestar su repudio por la anulación de las elecciones de la capital zacatecana.

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