El 3 de abril de 2018 fue aprobado por la Cámara de Senadores, por 75 votos a favor y una abstención, uno de los proyectos más riesgosos e invasivo en el trato de la persona humana de los últimos tiempos: el relativo al decreto que reforma la Ley General de Salud. Proyecto aberrante que desnaturaliza el concepto justamente de lo que es una donación y posibilita que México se convierta en el paraíso por excelencia ya no solo de la corrupción e impunidad, de la violencia y genocidio disfrazado, sino ahora también del tráfico de órganos.

En un Estado mínimo de Derecho, hay valores irrenunciables. Uno de ellos, es la libertad. El otro, el principal, la vida, y de la manera como ha sido aprobada esta iniciativa, evidencia una total falta de respeto a la dignidad personal. Y esto es perverso, porque uno de los actos de amor, de desprendimiento y generosidad más grandes que pueda haber entre los seres humanos es justamente el de la donación de sus órganos, pero de la manera en como está pretendiendo reformar el contexto jurídico el legislador, de ser un acto libre, espontáneo, producto del querer, de la voluntad, deviene en lo opuesto al constituirse en un acto de imposición dictatorial del Estado.

El artículo 320 ya contemplaba el mecanismo legal por el que los ciudadanos podían disponer de sus órganos, al señalar: “toda persona es disponente de su cuerpo y podrá donarlo, total o parcialmente”. Ahora, con un lenguaje súbdolo, obscuro, sin pulcritud sintáctica alguna, al agregar: “a menos que haya manifestado su voluntad de no serlo bajo alguna de las formas establecidas en esta Ley”, lejos de reconocer un derecho, se establece, de facto y en contrasentido simulado, una obligatoriedad forzosa que le supedita a “serlo”. Juego de palabras que explica el por qué en los artículos 321, 324, 325 y 326 se substituye el “consentimiento tácito o expreso de la persona” por el “consentimiento presunto o expreso”. Modificación que introduce un concepto de suyo insidioso: el consentimiento “presunto”, el mismo que se extiende al artículo 326, relativo a la “donación tácita”, al aludir ahora a la “donación presunta”. ¿Por qué optar por ello si ya estaba contenido su efecto en la voluntad tácita? Porque ahora con el nuevo término el legislador va más allá: del silencio volitivo pasa a una configuración volitiva “concluyente”, por mandato de ley, con lo que paradójicamente, no existe más la donación. Solo una disposición invasiva del Estado sobre el cuerpo de sus gobernados con total desprecio a la voluntad individual ciudadana. Por último, en el artículo 329 se dispone que “se garantizará que ni el receptor de un trasplante o su familia conozcan la identidad del donante ni que los familiares del donante conozcan la identidad del receptor”. ¿Por qué? Si algo requiere México es de transparencia y en un caso como éste, la secrecía cobija todo tipo de irregularidades. No hay duda, el legislador se extralimitó nuevamente.

El marco jurídico ya facultaba a los ciudadanos disponer libremente de sus órganos, solo era necesario continuar sensibilizando y fomentando la cultura de donación. Con la reforma aprobada por el Senado, todos somos donadores, no en potencia sino de facto. Ah, claro, “salvo prueba en contrario”. ¿Podrá probarlo todo ciudadano que así lo quiera? ¿Las comunidades indígenas, por ejemplo?

Hoy México destila sangre por mútliples causas y una de ellas es el tráfico de órganos. De sumarse los diputados a la decisión senatorial, lejos de abatir la escasez orgánica en nuestro país, además de haber cosificado a la población, estarán catapultando el mercado negro de cuerpos vivos y muertos a dimensiones colosales. Sí, el destino ya nos alcanzó.

bettyzanolli@gmail.com @BettyZanolli

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