Democracia, Estado de derecho y respeto a los derechos humanos son la base de un país desarrollado. Para eso, el sistema de impartición de justicia es un pilar determinante, por lo cual resulta necesario revisar los avances en la consolidación de la reforma judicial de septiembre de 2024, que dio como resultado la elección por voto popular de personas ministras, magistradas y jueces del Poder Judicial de la Federación y de los poderes judiciales de las entidades federativas.

En breve se cumplirá un año del ingreso de 50% de las personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación, de la renovación completa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la sustitución parcial del Tribunal Electoral, de la conformación del Tribunal de Disciplina Judicial y de la transformación del Consejo de la Judicatura Federal en órgano de administración de justicia.

Las personas titulares de magistraturas de circuito y juezas y jueces de distrito durarán en su cargo nueve años y podrán ser reelectos. Su adscripción será el circuito para el que resultaron electos, salvo que por causa excepcional se le cambie de adscripción.

La Constitución establece que el Tribunal de Disciplina Judicial evaluará el desempeño de las personas electas —magistradas y magistrados de circuito y juezas y jueces de distrito— durante su primer año de ejercicio; además será responsable de capacitar de manera permanente a las personas juzgadoras en coordinación con la Escuela Nacional de Formación Judicial

Ese tribunal cuenta con dos órganos auxiliares con autonomía de gestión: el de Investigación de Responsabilidades Administrativas y el de Evaluación del Desempeño Judicial; los resultados de la evaluación serán públicos, accesibles y transparentes.

La evaluación incluirá: i) conocimientos y competencias de personas titulares del órgano jurisdiccional, ii) dictado y cumplimiento oportuno de sus resoluciones; iii) adecuada gestión de recursos humanos y materiales a su cargo, iv) productividad del órgano jurisdiccional, v) capacitación y desarrollo de las personas servidoras públicas y, vi) satisfacción de personas usuarias del sistema de justicia.

La evaluación del desempeño será: i) ordinaria, ii) extraordinaria y iii) de seguimiento. En la evaluación de seguimiento se distinguirán tres diferentes evaluaciones: a) de seguimiento regular, b) intermedia y, c) final. Excepcionalmente habrá una evaluación especial derivada de quejas que la ameriten.

La evaluación ordinaria del desempeño de las personas juzgadoras deberá tener lugar con posterioridad a los 90 días naturales transcurridos desde su toma de protesta y con anterioridad a que concluya el primer año de su mandato. El resultado podrá ser satisfactorio o insatisfactorio. En esta segunda hipótesis el Tribunal de Disciplina Judicial podrá dictar las medidas correctivas que estime pertinentes para encauzar adecuadamente la función judicial.

México se halla ante una oportunidad histórica de fijar los parámetros de la evaluación del desempeño de las personas magistradas, y de jueces y juezas, para mejorar el sistema de impartición de justicia. Para eso se requieren indicadores que midan: la calidad del proceso relacionado con el cumplimiento de los principios de inmediatez, rapidez y economía procesal; el fondo de la sentencia para que ésta sea imparcial, justa, completa y respetuosa de los derechos humanos; la eficacia de los medios de impugnación para que éstos se resuelvan de manera ágil; así como una ejecución inmediata de las sentencias que contribuya a la solución definitiva de las controversias planteadas. Se trata de impartir justicia con independencia, cumplir con principio de rapidez, sin sacrificar la calidad de las decisiones.

En ese sentido, llegó la hora de conocer el resultado de la evaluación ordinaria de las personas juzgadoras que asumieron sus cargos el 1º de septiembre de 2025. La evaluación del desempeño es un medio que contribuirá a mejorar la calidad de la justicia, generar confianza en los usuarios del sistema, erradicar gradualmente la impunidad, consolidar la seguridad jurídica de los derechos constituidos y contribuir a la legitimación de las decisiones del Poder Judicial de la Federación.

Magistrada numeraria del Tribunal Superior Agrario

X: @Mmendezdelara3

Comentarios