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Los grupos parlamentarios del PRI y MC en la Cámara de Diputados van contra acoso, hostigamiento y abuso sexual.
La diputada de Movimiento Ciudadano Adriana Gabriela Medina Ortiz presentó una reforma a los artículos 14 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y 259 Bis del Código Penal Federal, así como del 51 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para que la información que se genera en el ciberespacio, consultable libremente y que contenga explícita, textual y claramente un señalamiento de abuso, acoso u hostigamiento sexual, incluyendo nombres de la presunta víctima y perpetrador, se indague por el Ministerio Público Federal.
Medina Ortiz agregó que esta información debe ser integrada para robustecer las investigaciones que ya hayan sido formalmente presentadas.
Lo anterior es para que, dentro de las responsabilidades de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República, haya la obligación de indagar de oficio los señalamientos directos, específicos y textuales que se hagan en el ciberespacio en temas relacionados con acoso sexual a menores de edad, pornografía infantil, el acoso y hostigamiento sexual.
“El Ministerio Público Federal de oficio verificará la existencia de vínculos entre las denuncias contra los posibles perpetradores de actos relacionadas con conductas mencionadas en el presente artículo y señalamientos específicos, explícitos y textuales que los vinculen a comportamientos similares a lo que dispone este artículo y que se encuentren registrados en el ciberespacio a través de medios de telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos siempre que los señalamientos contengan los nombres de la presunta víctima y el presunto delincuente, y sean de libre acceso”, detalla la modificación al artículo 259 bis del Código Penal Federal planteada.
Dulce María Sauri, vicepresidenta del PRI, propuso otra iniciativa para modificar la Ley General de Responsabilidades Administrativas para que se considere al hostigamiento y acoso sexual como conductas no toleradas en el servicio público y sean sujetas a sanción.
“Con la reforma de este artículo se logrará un efecto doble: contar con más y mejores elementos para sancionar a los agresores y sanciones adecuadas a la gravedad de las conductas de hostigamiento y acoso sexual”, describe la le-gisladora tricolor.
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