Más Información
Adán Augusto y Monreal chocan por supuestas irregularidades en Senado; “quien nada debe, nada teme”, responde diputado
Frases de Alicia Bárcena para aclarar asistencia a boda de Borrego en el MUNAL; embajada rumana pagó evento, asegura
Alicia Bárcena reconoce que asistió a boda de Borrego en el Munal; "todos fuimos con otra idea", acepta
"Eternamente, bella bella"; Alejandra Guzmán mandó a hacer un diamante con los restos de Silvia Pinal
Desempleo de médicos mexicanos, frente a la contratación de cubanos, un fallo en el sistema de salud: "The Lancet"
La Sala Superior del Tribunal Electoral rechazó por mayoría opinar sobre la acción de inconstitucionalidad contra la reforma al Poder Judicial, la solicitud del ministro Juan Luis González Alcántara, quien propuso el proyecto que se resolverá este 5 de noviembre.
Por mayoría de tres votos de la presidenta Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, el asunto se resolvió en sesión privada el pasado 28 de octubre.
El ministro pidió pronunciarse por 12 temas que contempla la acción de inconstitucionalidad, a lo que el TEPJF respondió en cada uno que no podía emitir una opinión.
Lee también Gobernadora de Quintana Roo garantiza que acatará resolución de la SCJN sobre reforma al Poder Judicial
“Esta Sala Superior considera que no es factible emitir una opinión especializada, en la medida que el tema está vinculado con el derecho constitucional, y no con el sustantivo comicial”, señala.
Algunos de estos puntos son: violaciones al artículo 105 de la Constitución; vicios en el procedimiento de reforma constitucional; violación a la división de poderes y pacto federal; incorporación de la figura de jueces sin rostro; independencia judicial, entre otros.
Sobre la división de poderes, expone que “la autoridad jurisdiccional considera que los planteamientos expuestos están relacionados con temáticas que corresponden a los ámbitos del derecho constitucional y al derecho legislativo, respectivamente, pues mediante ellos se hacen valer violaciones al proceso legislativo, a la división de poderes y a la invasión de competencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y del INE, así como de los Estados, específicamente el de Coahuila, las cuales no están vinculadas directamente con la materia sustantiva electoral, por lo que no requieren de una opinión especializada de esta Sala Superior”.
En el resto de los asuntos, de igual forma consideran que no son su competencia o el área especializada correspondiente para emitir una opinión del casado.
En tanto, la magistrada Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón consideraron que el TEPJF sí podría pronunciarse en algunos puntos, aunque no fueron apoyados por la mayoría.
mahc/rmlgv