La (SCJN) ordenó a las autoridades del sistema penitenciario del Estado de México implementar medidas inmediatas para revertir la sobrepoblación y el hacinamiento en el penal Neza-Bordo Xochiaca, entre ellas la libertad anticipada, según sea el caso, y traslados voluntarios.

Ello, al resolver un juicio de amparo promovido por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos, del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), contra las omisiones de las autoridades de la entidad sobre las condiciones que prevalecen en dicho penal que tiene una sobrepoblación absoluta de 3 mil 989 personas privadas de la libertad.

En sesión de este miércoles, el pleno del máximo tribunal del país coincidió que el hacinamiento en los penales es uno de los principales desafíos en México, que se debe resolver de manera urgente.

Por unanimidad de votos, el pleno aprobó el proyecto de sentencia del ministro Giovanni Figueroa Mejía, en el que se propuso amparar al IFDP que lleva la defensa jurídica de muchos presos que no tienen acceso a una defensa particular.

“Es un asunto que se debe resolver de manera urgente, en el que todas las autoridades del Estado mexicano estamos llamadas respecto de los ”, indicó.

Por su parte, el ministro Irving Espinosa Betanzo afirmó que el problema no consiste únicamente en que las instalaciones sean insuficientes para albergar a la población que existente.

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“En términos de la Ley de Ejecución, se pueden instrumentar diversos mecanismos para poder reducir este hacinamiento que hay en el caso particular (penal Neza Bordo). Por ejemplo, los artículos 136 a 140 regulan la libertad condicional, el artículo 141 establece la libertad anticipada y el artículo 144 permite a las personas juzgadoras de ejecución sustituir la pena privativa de libertad en ciertos supuestos, entre ellos aquellos relacionados con la edad avanzada o el grave estado de salud de la persona sentenciada”, indicó.

Espinosa Betanzo aclaró que con la liberación anticipada no se pretende “ordenar la liberación indiscriminada de personas privadas de la libertad ni sustituir a las personas juezas de ejecución penal en la decisión que corresponde adoptar en cada caso”.

“No proponemos asumir que todas las personas recluidas cumplen con los requisitos para obtener un beneficio. Lo que sí consideramos es que sí es posible como parte de las medidas para remediar la situación de hacinamiento, es que las autoridades”, subrayó.

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En tanto, la ministra refirió que más de cinco mil personas llevan años viviendo hacinadas en Centro Penitenciario y de Reinserción Social Nezahualcóyotl Bordo Xochiaca, diseñado para menos de dos mil personas.

“Este tema nos permite poner en el centro el debate constitucional a las personas a quienes un proceso penal o sentencia judicial privó de su libertad, pero no de su dignidad humana, entendida esta como la base y condición para el disfrute de todos los derechos fundamentales y para el desarrollo integral de la personalidad”, expuso la ministra.

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aov/bmc

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