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Un tribunal federal negó un amparo a Teléfonos de México y confirmó una multa por 49 millones 320 mil pesos impuesta en su contra por prácticas monopólicas relativas.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones confirmó que la empresa de Carlos Slim Helú cometió conductas que impidieron que Axtel configurara de forma eficiente sus redes públicas de telecomunicaciones en el mercado del servicio de terminación de llamadas de larga distancia.

La resolución de los magistrados confirmó la emitida por el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) del 3 de septiembre de 2014, en la que consideró que Telmex obstaculizó el proceso productivo de Axtel.

De acuerdo con la resolución del IFT, Telmex no atendió las solicitudes de Axtel para tener acceso a puertos y/o enlaces de interconexión de larga distancia en las ASL, donde tiene ubicadas centrales de tráfico interurbano o centrales con capacidad de enrutamiento.

Tampoco brindó información sobre la ubicación y asignación de las centrales que atienden localidades sin punto de interconexión e introdujo mensajes grabados en llamadas de larga distancia originadas en la red pública de Axtel para su terminación en la de Telmex.

El mensaje anunciaba a los usuarios finales la posible suspensión del servicio, lo que derivó en que Axtel tuvo una reducción en la demanda de sus servicios de telefonía.

“Estas acciones por parte de Telmex tuvieron como objeto el desplazamiento indebido de Axtel en la oferta de los servicios de telefonía en los que compiten por usuarios finales, así como la reducción de la demanda que esa empresa enfrenta en el mercado”, resolvió el IFT.

“La conducta cometida es altamente grave, porque afecta servicios de interés público, causa un daño al mercado debido a que perjudica el proceso de competencia y libre concurrencia, y existen elementos para determinar que la empresa tuvo la intención de realizar las conductas imputadas”, señala el IFT.

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