CDMX

.- Ante la negativa del propietario de entregar a los tres leones a las autoridades ambientales que tenía en su domicilio en la colonia Piedad Viaducto de la Ciudad de México, el caso se turnará a la Procuraduría Federal de la República (PGR).

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) detalló que el poseedor de los animales se negó a que los inspectores cumplimentaran la orden para trasladar temporalmente a los leones a una unidad de manejo especializada para su estancia y cuidados.

La medida para el traslado de los felinos se ordenó mediante un acuerdo que se le notificó el día de hoy al propietario del domicilio, quien se negó a atender la diligencia e impidió que los inspectores llevaran a cabo las labores de contención y manejo de los tres leones asegurados .

La Profepa inició el procedimiento administrativo por presuntas violaciones a la Ley General de Vida Silvestre por la posesión de ejemplares de fauna silvestre exótica , sin contar con la autorización, además de las faltas al trato digno y respetuoso de los felinos , pues se les extrajeron las garras .

El inspeccionado deberá enfrentar además del procedimiento administrativo de la Profepa , las sanciones que en materia penal se establecen por no cumplir las medidas de seguridad ordenadas por la autoridad.

El pasado 10 de octubre, en atención a denuncias, los inspectores de la dependencia federal realizaron una inspección en el domicilio de Viaducto Piedad, donde observaron que se mantenía en la azotea de la casa-habitación a tres leones africanos de aproximadamente año y medio de edad, sin contar con las instalaciones de albergue adecuadas para la estancia de los animales, además de no contar con el registro y plan de manejo aprobado que exigen la Ley General de Vida Silvestre .

El pasado mes de junio del 2018, la Semarnat notificó al inspeccionado la negativa para aprobar el plan de manejo presentado y para otorgar el registro en el padrón de predios e instalaciones que manejan vida silvestre .

La negativa se otorgó al considerar que en el domicilio, ubicado en zona urbana, no se garantizaban las medidas de seguridad civil , así como los métodos de contención y respuesta a contingencias, por lo cual se negaba el registro.

La sanción en materia administrativa por faltar al trato digno y respetuoso a ejemplares de la vida silvestre consiste en multa por el equivalente de 20 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, acorde a la Ley General de Vida Silvestre .

Asimismo, el Código Penal Federal considera la pena de uno a cuatro años de prisión por delito contra la gestión ambiental .

etp

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