Acerca del documento: “Resolución que Emite el Comisionado Ejecutivo de Atención a Víctimas, en el Expediente Administrativo CEAV/CIE/071/2018 por la que se Determinan Medidas de Satisfacción de Carácter Colectivo, a Favor de las Víctimas de los Hechos Ocurridos el 2 de Octubre de 1968”, emitido el 25 de mayo de 2018 por Sergio Jaime Rochín Del Rincón, Comisionado Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva de la Atención a Víctimas (CEAV).

Por su autoría, contenido y forma, la Resolución es el pronunciamiento oficial de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) sobre los acontecimientos denominados Movimiento Estudiantil del 68.

Compartiendo esa Resolución como plataforma, la CEAV y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) han decidido unir esfuerzos y recursos para “celebrar” (sic) el cincuentenario del movimiento del 68.

Desde su exposición de motivos, esta Resolución resulta confusa e inquietante porque parte del supuesto de que hay motivo de celebración por lo acontecido hace cincuenta años.

Contrastantemente, para la historia y el ánimo social ese aniversario tiene carácter luctuoso e infamante por la impunidad en que se encuentran los delitos cometidos en ese acontecimiento.

Tal Resolución alude con exceso innecesario al marco normativo de la CEAV para revestir abrumadoramente son argumentos con fundamentos jurídicos e institucionales pretendiendo hacerlas irrefutables e inatacables.

Al parecer también intenta soslayar así sus omisiones, falta de rigor analítico y desapego a evidencias jurídicas comprobadas, validadas historiográfica e institucionalmente y de reconocimiento general.

Con todo, la característica más grave de la Resolución es la distorsión y mutilación de la historia nacional que se hace en un documento de gobierno, encubriendo, por omisión, la impunidad.

El movimiento del 68 resultó de la represión que el autoritario Poder Ejecutivo aplicó contra la sociedad, con la complicidad de los poderes Legislativo y Judicial, violando el Estado de Derecho.

Desde hace 50 años esa asignatura pendiente, la impunidad, ha provocado desconfianza y rechazo hacía las instituciones responsables de impartir justicia y la representación popular; se ha solidificado el repudio ala actividad de jueces y magistrados, diputados y senadores.

Desde entonces ninguno de los sucesivos gobiernos, omisos en aplicar la ley, ha merecido el reconocimiento de la memoria nacional.

Como otros, la Resolución afirma que el movimiento del 68 formó parte de una rebelión juvenil simultanea en varios países, entre música estridente y vestimentas estrafalarias, versión aceptable para los autoritarios del 68, y sus herederos, sucesores y cómplices de hoy porque exime de culpa a los impunes,

Junto a esa distorsión la Resolución mutila la historia la afirmar que el movimiento del 68 se circunscribe a lo ocurrido en la Plaza de las Tres Culturas de Tlatelolco el 2 de octubre de ese año: por eso está dirigida “...a favor de las víctimas de los hechos del 2 de octubre”.

Ese crimen se cometió más de dos meses después del inicio del movimiento del 68, luego de difamaciones, golpizas, detenciones ilegales, allanamientos de morada, violaciones a la ley, intervención militar en la UNAM y otros centros de educación, convocatorias de Diputados al linchamiento de comunistas y opositores y terror de bandas armadas contra estudiantes y pueblo.

Todo lo ocurrido antes del 2 de octubre provocó cientos de víctimas, principalmente estudiantes, decenas de las cuales padecieron cárcel durante años.

La Resolución, parece responsable de hacer valer la ley General de Víctimas (LGV), puede mentir y mutilar la historia sin tener que rendir cuentas a nadie.

La Resolución afirma que la justicia “transnacional” (sin) tiene por objeto la reconciliación entre Estado y la sociedad y que es tal la complejidad de lo ocurrido en el 68 que el fenómeno debe seguir siendo objeto de estudio.

En el 68 no hubo una pelea entre el Estado y la sociedad: no a lugar hablar de una pelea y para que haya una pelea se requieren al menos dos contrincantes y en el 68 no los hubo.

Lo que ocurrió fue el aplastamiento represivo que cometió el autoritario Partido Gobierno contra un movimiento de masas legal, pacífico, autónomo y democratizador.

Poner por delante la reconciliación y el estudio de lo ocurrido, in saecula sauculotum, o obstaculiza y pospone sin plazo el cumplimiento claro y llano de la LGV.

El mandato de esa ley es el esclarecimiento de la verdad histórica y jurídica; la aplicación de la justicia a los responsables del atropello a los derechos humanos; la reparación a las víctimas en sus intereses y su dignidad y la garantía de no repetición de lo ocurrido.

El cumplimiento de se mandatos dejará en claro que lo ocurrido en el 68 fue un crimen cometido por le autoritario Poder Ejecutivo , reforzado por la complicidad de los poderes Legislativo y Judicial; por eso fue un crimen de Estado.

Antes que contribuir aplicar la LGV, y para sonar docta, la Resolución hace un bosquejo de cursillo propedéutico sobre Teoría de la Historia, imprimiéndole al lenguaje académico-institucional un tono operístico fuera de lugar en un texto gubernamental.

Desde su creación el 7 de enero de 2014 la CEAV ha obstaculizado las denuncias de víctimas del movimiento del 68 porque sabe que corre el riesgo de que toda una generación de víctimas sobrevivientes le exija el cumplimiento de la LGV.

Eso explica la sustitución que la Resolución hace de las víctimas sobrevivientes del 68 por el mito de las “víctimas anónimas”: víctimas sin rostro, víctimas sin nombre, víctimas puramente simbólicas, casi escenográficas y tan genéricas que sólo puede evocárseles globalmente.

La “satisfacción… colectiva” que busca la Resolución no necesita la verdad histórica y jurídica puntual, la justicia puntual ni las reparaciones puntuales para víctimas puntuales.

Lo más inusitado de la Resolución es encontrar que las autoridades de la UNAM comparten ese discurso y formalizan, documenta y financieramente actividades conjuntas con la CEAV, “… a favor de las víctimas de los hechos del dos de octubre”.

La UNAM tiene adeudos con la historia con la historia nacional: el discernimiento y la divulgación de lo ocurrido en la vida social y política en el 68: la lucha por la democracia, los límites del autoritarismo, la vigencia de las demandas de entonces y las transformaciones necesarias hoy.

También le debe a la generación del 68 y a la sociedad el esclarecimiento de la longeva impunidad, ya cincuentenaria; sus agentes, las complicidades, las responsabilidades jurídicas, las lesiones al cuerpo jurídico, a las instituciones y a los derechos de las personas.

La investigación social y jurídica que realiza la UNAM tiene las responsabilidades más directas en el cumplimiento de los compromisos que reciben los universitarios como relevo generacional.

El valor y la ejemplar dignidad con que Javier Barros Sierra defendió a la UNAM y a los universitarios presos y perseguidos, son un legado que debe quedar a salvo a maniobras mentirosas.

El Rector fue solidario con los universitarios perseguidos y encarcelados; les brindó apoyo, defensa jurídica y continuidad académica en la cárcel y la Resolución de la CEAV lo soslaya para impulsar a las “víctimas anónimas”

Se cometería una infamia contra la memoria de Javier Barros Sierra y la UNAM si sus autoridades participan en el intento de la CEAV por convertir al movimiento del 68 en un festejo museográfico, nicho de hipocresías y remembranzas seniles.

Sería complicidad.

Considérese lo dicho como una denuncia y una convocatoria.

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