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Dependencias de gobierno federal publicaron ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los acuerdos por los que declaran inhábil el periodo del 25 al 29 de septiembre, como consecuencia del terremoto ocurrido el pasado 19 de septiembre.

Esta suspensión de actividades tiene la finalidad de llevar a cabo una revisión minuciosa de las instalaciones de las secretarías de Educación Pública (SEP), Salud (Ssa), de Trabajo y Previsión Social (STPS), y Gobernación (Segob), así como del Consejo de Salubridad General y de la Comisión Especial de Atención a Víctimas (CEAV).

Este periodo inhábil se traduce en que no correrán los términos que la ley señala para los trámites que cualquier personas, física o moral, estén realizando con estas entidades de gobierno. En los acuerdos emitidos por cada dependencia se especifica que la medida también va en función de no entorpecer las labores de rescate en la Ciudad de México.

Las actividades comprenden la recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a las secretarías.

De manera específica, la Ssa destacó en el acuerdo que en algunos de los inmuebles que actualmente ocupa la dependencia no existen las condiciones favorables para que sus trabajadores regresen a laborar. Aclaró que proveerá todo lo necesario para que se mantenga en labores el personal indispensable para no afectar las funciones sustantivas que tiene.

La SEP indicó que cualquier actuación, requerimiento, solicitud o promoción realizada ante esa dependencia en alguno de los días considerados como inhábiles por el citado acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Por su parte, la  STPS indicó que la revisión de los inmuebles donde se presta servicios no ha concluido. En el DOF se establece que las unidades y órganos administrativos desconcentrados de esta secretaría que deban emitir algún acto administrativo en alguno de los días declarados inhábiles deberán hacerlo el día hábil inmediato siguiente, salvo aquellos que por su importancia y urgencia ameriten su realización dentro del periodo inhábil.

La  CEAV señaló en el acuerdo que los servicios de emergencia que brinda la comisión continuarán  proporcionándose tanto en el Centro de Atención Integral, con domicilio en avenida Ángel Urraza 1013, colonia Del Valle, delegación Benito Juárez, como en sus delegaciones ubicadas en el resto del territorio nacional.

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