La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió las recomendaciones 23/2019 y 24/2019 al I nstituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por una inadecuada atención médica y violencia obstétrica , respectivamente.

En el primer caso la CNDH acreditó que el 3 de septiembre del 2015, en el Hospital General 51 en Gómez Palacios, Durang o, una mujer de 36 años falleció durante un proceso quirúrgico en el que se le quería extirpar el útero .

Debido al mal actuar de un anestesiólogo, la víctima presentó cierre de los bronquios y cayó en un paro cardiaco que fue revertido hasta cinco minutos después; eso provocó que la mujer entrara en estado vegetativo hasta el día de su deceso.

En el segundo caso, ocurrido en el Hospital de Ginecopediatría 3A en la Ciudad de México , una mujer fue inducida a trabajo de parto con oxitocina de manera innecesaria, lo que provocó molestias en la paciente.

De igual forma la Comisión Nacional acreditó que el personal médico nunca alertó que la bebé, nacida el 9 de abril de 2018, padecía síndrome de Down, ni tampoco se encontró constancia de que la paciente haya consentido la aplicación de oxitocina previo a su parto.

Ante esta situación, la CNDH recomendó al IMSS que en ambos casos, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), se repare el daño integralmente a los familiares de las agraviadas.

También le pidió su colaboración en la integración de las quejas y las carpetas de investigación por las denuncias que se realicen contra el personal médico involucrado en los dos casos de negligencia.

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